Imagen de una persona guardando los papeles en la guantera del coche.

Imagen de una persona guardando los papeles en la guantera del coche. iStock

Sociedad

La DGT avisa: multas de hasta 500 euros si no llevas estos tres documentos siempre en el coche

En España, la Ley de Tráfico y Seguridad Vial establece que a la hora de sentarse a conducir un vehículo se debe llevar obligatoriamente y en regla estos papeles.

26 febrero, 2024 12:02

Dicen que "el que avisa no es traidor", un dicho que se puede aplicar a la Dirección general de Tráfico. Desde la DGT, ya sea a través de sus redes sociales o en su página web, recuerdan constantemente a los conductores cuáles son las normas de aplicación en España para reforzar la seguridad en la carretera y para evitar multas, en este caso, de hasta 500 euros.

La Ley de Tráfico y Seguridad Vial establece que a la hora de sentarse a conducir un vehículo se debe llevar obligatoriamente estos tres documentos. En esta ocasión, para apoyar estos recordatorios de la DGT, se une el Ministerio de Interior que, a través de su cuenta de X enumera los documentos que sí o sí tienen que estar siempre en el coche y que se pueden exigir en cualquier control.

Es conveniente tener en cuenta que la tecnología está ayudando a tener controlados todos esos papeles que, tradicionalmente, se encuentran siempre en la guantera del vehículo. Ahora, además, se pueden tener todos controlados en la app de 'Mi DGT', en los que tienen la misma validez legal.

Esta app oficial de la DGT permite centralizar toda la información y todas las gestiones con la DGT en tu teléfono. El acceso se puede realizar con el certificado digital, con las credenciales cl@ve o con los datos personales y una clave que la DGT envía vía SMS al teléfono que la DGT tenga asociado.

Los documentos que son imprescindibles siempre en el vehículo son tres y no llevar alguno de ellos puede suponer una multa administrativa de 10 euros por cada uno que no se presente.

Permiso de conducir del conductor

En España, el carnet B de coche es el que tienen en posesión la mayoría de los conductores que permite conducir los siguientes vehículos a motor:

  • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg y con un número máximo de nueve ocupantes, incluido el conductor.
  • Un conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor que se autoriza a conducir con la clase B y un remolque de masa máxima autorizada (MMA) de hasta 750 kg siempre que la MMA del conjunto no sobrepase los 4.250 kg.
  • Triciclos y cuatriciclos de motor.
  • Motos de 125 cc y potencia máxima de 11 kW, siempre que se tenga una experiencia mínima de tres años con este carnet. Como la edad mínima obligatoria para obtener el permiso B es de 18 años, no se podría conducir una moto de este tipo hasta los 21 años con el carnet de coche.

Tener el permiso de conducir sin renovar o con una dirección que no coincida con la que aparece en el DNI conlleva multa de 80 euros. Presentar a un agente de tráfico un carnet de conducir que no es válido son 500 euros y la retirada de cuatro puntos.

Permiso de circulación del vehículo

El permiso de circulación del vehículo es un libro verde, de cuatro páginas, en el que están escritos los datos técnicos del vehículo y de su titular. Un documento que comparten todos los vehículos de la Unión Europea en un único modelo de permiso.

Este permiso se entrega directamente con la compra del vehículo, ya que debe quedar registrado antes de que se entregue al propietario. Para conseguirlo, solamente hay que rellenar un impreso y pagar las tasas.

Permiso de circulación del vehículo

Permiso de circulación del vehículo

Llevar el permiso de circulación sin renovar o con una dirección que no coincida con la que aparece en el DNI, supone una sanción de 80 euros. Conducir sin el permiso de circulación en regla implica una multa de 500 euros.

Tarjeta de inspección técnica del vehículo

La tarjeta de inspección técnica del vehículo, que también se conoce como tarjeta ITV, es el documento que acredita que el vehículo está homologado y es imprescindible contar con ella para circular por las carreteras de España.

Estas tarjetas son expedidas por las estaciones de ITV y recogen las características básicas del vehículo como la marca, el modelo, el número de identificación, la cilindrada y la potencia, entre otros datos.

[La supermulta de la DGT si no llevas este documento en el coche: sanción de 3.004 euros]

Junto a la tarjeta de inspección técnica del vehículo se debe llevar también el último informe de la ITV y la pegatina de la ITV en la esquina superior derecha del parabrisas. 

Circular sin la tarjeta de inspección técnica es una infracción leve que conlleva una sanción 60 euros. Además, no tener la ITV al día puede costar hasta 500 euros y circular sin la pegatina de la ITV en el parabrisas serían 80 euros.