Josefa y los 800 multados en Canarias por no ceder su casa a un operador turístico: hasta 300.000 €
Ha tenido que pagar 2.250 euros, pero llevará al gobierno canario a los tribunales. "Es inconstitucional", reconoce.
17 abril, 2024 02:53La desolación e impotencia se han apoderado de Josefa Sarmiento. Ella es una de las más de 800 personas de todas las Islas Canarias que han recibido una multa por no ceder su vivienda a un operador turístico, aunque los afectadas podrían llegar, potencialmente, a los 70.000. Todo se debe a una ley aprobada en 2013 puesta en vigor 10 años después que obliga a los propietarios de las residencias a ceder sus posesiones a un sector que, poco a poco, está consumiendo las islas, según denuncian los residentes insulares.
Sarmiento tiene 70 años, siempre se dedicó a la educación durante su vida laboral, es oriunda de Gran Canaria y jamás pensó que algo así pasaría con el apartamento en segunda línea de playa que sus padres compraron hace 55 años. Gracias a sus pequeños ahorros de funcionarios, esta canaria pasó, desde su juventud, los veranos cerca de la playa de El Inglés. Ahora, todo eso podría no repetirse debido a una normativa que tilda de inconstitucional. Además, ella protagoniza la batalla judicial que podría hacer caer la balanza a favor de los residentes o a favor de los empresarios.
“En aquel momento, cuando mi familia se hizo con el apartamento, el turismo que venía era estacional, y en esas condiciones lo compraron mis padres. Unos seis meses lo alquilaban al turismo nórdico, y otros seis meses lo utilizábamos nosotros, y así ha sido hasta que han puesto en vigor esta ley con la llegada de Coalición Canaria y el Partido Popular al gobierno insular”, relata la afectada. Por aquel entonces, los propietarios de este tipo de viviendas en las calificadas como zonas turísticas tampoco se libraban de los turoperadores: “Estuvimos unos 30 años con uno que nos pagaba poco y mal, y eso cuando no teníamos que pagarle nosotros por la compra de material, como hamacas o cortinas ignífugas”, rememora.
En cambio, la familia recibía poco más de 200 euros al mes, “cuando ellos cobraban más de 1.500 a los extranjeros que vivían en nuestra casa”, su segunda residencia. Aquello cambió. En su caso fue de las últimas en desligarse de los turoperadores y, en el momento de su jubilación, pasó a gestionarlo ella misma. “Yo lo alquilo medio año a una pareja de finlandeses que, cuando llega el verano, se van y entro yo”, cuenta. Es decir, no utiliza ningún tipo de intermediario, ella elige quién vive en su casa y, además, puede hacer uso de ella.
La ley
Por otra parte, en el conflicto legal actúan dos leyes, una aprobada en 1995 y otra, ya mencionada, de 2013. Las multas que están recibiendo estos canarios responden a una infracción contemplada en el artículo 75.14 de la primera de ellas, la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias (LOTC). Dicha infracción consiste en “el incumplimiento del deber de atenerse al uso establecido por el planeamiento, destinando un establecimiento turístico de alojamiento a usos residenciales”.
Esto guarda relación con la segunda ley, de renovación y modernización turística de Canarias, en la que se establece, en su artículo 23.1, que “es deber de los titulares de los establecimientos turísticos destinarlos al ejercicio de la actividad turística, de alojamiento o complementaria, conforme a la calificación de uso asignada a la parcela por el planeamiento”.
“Esto comporta una vulneración de varios artículos de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, así como una infracción de los artículos citados por aplicación indebida”, explica Maribe Dorestes, presidenta de la Plataforma de Afectados por la Ley Turística. En el caso de Sarmiento, su inmueble no ha estado afectado ni vinculado a explotación turística alguna, ni a título individual ni colectiva.
Según Doreste, “la Administración confunde y aplica o extiende analógicamente la definición de la infracción al propietario de una finca registral en la que no se desarrolla actividad turística alguna, según constató la propia Inspección de Turismo”. Por eso, considera que “la ausencia de explotación turística en ningún caso puede identificarse como un incumplimiento del deber de atenerse al uso establecido por el planeamiento”, concluye.
Multas de 300.000 euros
La normativa aprobada de 2013, llamada Ley de renovación y modernización turística de Canarias, llegó como un jarro de agua fría las pasadas navidades, ya que desde entonces las multas que acarrea no ceder tu propiedad a un explotador turístico no han dejado de recibir cientos de personas que, incluso, utilizan dichos apartamentos como primera vivienda. “La Administración actúa por denuncia, no por oficio, así que algún turoperador ha debido de hacerlo porque le interesa explotar el complejo, y le apoya la ley”, se queda Sarmiento.
Según estipula en la carta que recibió, ha cometido una falta grave al no poner en manos de un tercero su propia vivienda para que la pueda explotar turísticamente. Por el momento, la multa impuesta está cifrada en 2.250 euros, pero de ser reincidente la penalización podría llegar a los 300.000 euros. “Imagínate qué hago yo si el año que viene me hacen eso, porque yo no voy a ceder mi casa”, comenta al respecto, y resume: “El problema está en que los empresarios turísticos quieren coger todas las comunidades para explotarlas ellos, aunque sean de nuestra propiedad”.
La ley del 95
Por otra parte, en el conflicto legal actúan dos leyes, una aprobada en 1995 y otra, ya mencionada, de 2013. Las multas que están recibiendo estos canarios responden a una infracción contemplada en el artículo 75.14 de la primera de ellas, la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias (LOTC).
Entonces, en el 95, ya aparecían contempladas las multas. "Aquella ley establecía que si en un complejo turístico el 51% de las viviendas estaban destinadas a uso turístico, entonces estas viviendas tenían que estar gestionadas por un mismo explotador turístico", explica Maribe Dorestes, presidenta de la Plataforma de Afectados por la Ley Turística.
Esto guarda relación con la segunda ley, de renovación y modernización turística de Canarias, en la que se establece, en su artículo 23.1, que “es deber de los titulares de los establecimientos turísticos destinarlos al ejercicio de la actividad turística, de alojamiento o complementaria, conforme a la calificación de uso asignada a la parcela por el planeamiento. Y como el planeamiento dice que nuestras viviendas están en 'zona turística', todas tienen que ser destinadas a ese uso", prosigue en su epxlicación.
“Esto comporta una vulneración de varios artículos de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, así como una infracción de los artículos citados por aplicación indebida”, explica Maribe Dorestes, presidenta de la Plataforma de Afectados por la Ley Turística. En el caso de Sarmiento, su inmueble no ha estado afectado ni vinculado a explotación turística alguna, ni a título individual ni colectiva.
Según Doreste, “la Administración confunde y aplica o extiende analógicamente la definición de la infracción al propietario de una finca registral en la que no se desarrolla actividad turística alguna, según constató la propia Inspección de Turismo”. Por eso, considera que “la ausencia de explotación turística en ningún caso puede identificarse como un incumplimiento del deber de atenerse al uso establecido por el planeamiento”, concluye.
Hacia un turismo de guetos
De esa forma, Sarmiento nunca podría hacer uso de su vivienda en el sur de Gran Canaria ya que todo el año debería estar a disposición del turismo por parte de un explotador. El asunto también es sangrante si quisiera utilizar su apartamento durante un mes: “Puedes llegar a un acuerdo. Él te dará una vivienda que la pagarás como otro cualquiera, pero ni siquiera te dará la tuya, sino la que esté libre en ese momento”. En otras palabras, se convertirían en otros clientes más del explotador turístico.
Desde su punto de vista, el modelo turístico de Canarias es insostenible, aún más con estos últimos movimientos por parte de la Administración que buscan “un turismo de masas y enguetado”. Así lo explica la propia Sarmiento: “Si yo alquilo seis meses mi casa a una pareja de ancianos, esas personas van a comprar al supermercado, alquilan un coche, salen a tomar algo… En cambio, lo que buscan es crear guetos para los turistas a quien poner la pulserita del todo incluido y que no salgan de los hoteles, y el dinero se queda en el país de origen y no se reparte entre el pequeño comercio de la zona”.
La problemática aumenta debido a que las Islas Canarias son turísticas en sí debido a su clima. Todas ellas, todos sus parajes, son turísticos. “Entonces, nos acabarán echando a todos para que venga el turismo. ¿A dónde vamos a ir?”, se pregunta esta jubilada. Ella ha trabajado 41 años, por lo que esta circunstancia no le está afectando en demasía a nivel económico dada su pensión. “Lo que sí me afecta es que no estoy dispuesta a entregarle mi propiedad para que un señor la explote, ni que me digan que no la puedo disfrutar”, reitera.
Su caso, el único
Sarmiento enfrenta ahora mismo un proceso judicial en el que hay puestas muchas miradas como consecuencia de la citada Ley. En julio del año pasado le notificaron la primera comunicación oficial, aunque no llegó a tiempo para recogerla. “La volverán a enviar, digo yo”, se dijo a sí misma. Y así fue. En noviembre vio cómo le habían impuesto una multa administrativa por valor de 2.250 euros.
Casi de inmediato, Sarmiento interpuso el primer recurso de alzada de los tres que le permite el procedimiento. “Mi caso es peculiar porque me negaron los demás recursos y me obligaron a ir al juzgado contencioso-administrativo”, comenta ella misma. Mientras tanto, la consejera de Turismo canaria, Jéssica del Carmen de León, paralizó el cobro de las multas que, por otra parte, continúan llegando. Lo hizo por la presión social que provocó la entrada en vigor de la Ley.
Pero esta jubilada de 70 años no llegó a tiempo, porque no pudo recurrir como todos los demás, por lo que se convirtió en la única persona a la que dicha consejera ratificó, en última instancia administrativa, su sanción. “He pagado la multa como me ha recomendado mi abogado, pero iremos a los tribunales. El juicio será el 11 de febrero de 2025 y ahí veremos la validez de la norma”, apuntilla la propia Sarmiento a la vez que afirma que “esto no es otra cosa que una expropiación encubierta” con el beneplácito de políticos y empresarios.
Vender las viviendas
Preguntada por qué puede haber detrás de este tipo de operaciones en la isla, Sarmiento considera que se trata de una operación de machaque por parte de los empresarios para que la gente venda sus pisos. “¿La gente para qué va a querer algo que no puede disfrutar y que apenas recibe dinero si lo alquila un tercero? Para eso se lo quita de encima y, con él, los gastos que acarrea, y se lo comprarán los mismos explotadores turísticos”, reflexiona. En su caso, los gastos que provoca su apartamento de dos dormitorios en segunda línea de playa al sur de Gran Canaria alcanzan los 3.500 euros anuales.
Esta situación “insostenible” de la que habla Sarmiento es algo generalizado en las Islas. Según su perspectiva, tendrá que ser “un juez con mínimo dos dedos de frente el que pare esta ley, porque es inconstitucional, que echa por tierra nuestro derecho de disponer de nuestra propiedad”. Ella, como tantos otros, se afana porque este “atropello”, tal y como describe, se conozca entre la sociedad. Por ello, participarán activamente en las movilizaciones que el próximo sábado, 20 de abril, hay convocadas en todas las islas, incluso en algunas ciudades de la península y del extranjero bajo el lema “Canarias se Agota”.