El inicio del curso escolar y el fin de las vacaciones de verano siempre traen consigo algunos cambios en la mayoría de familias, sobre todo si hablamos económicamente. Este mes de septiembre supone afrontar gastos extraordinarios por el material escolar y lo desembolsado previamente en julio y agosto. Debido a ello, y con el objetivo de mejorar la conciliación laboral en España, el Ministerio de Derechos Sociales, responsable de la ley de familias, aprobó el pasado junio el Real Decreto Ley 5/2023, en el que se recogen todas las ayudas que podrán solicitar los padres y madres a partir de este mes de septiembre.
Generalmente, no solo se tratan de ayudas económicas extra, sino también de permisos laborales retribuidos. Además, la gran parte de ellas están destinadas a familias con pocos recursos económicos, para evitar que caigan en exclusión social. Algunas también van designadas a madres primerizas, como si tienen varios hijos a cargo.
Aunque la mayoría se pueden pedir a través de la Seguridad Social, algunas también se deben solicitar a través de Hacienda y otras también las dan las comunidades autónomas como pueda ser la Renta Mínima de Inserción.
En concreto existen hasta siete ayudas estatales tras la entrada en vigor de nuevas prestaciones que llegan de la mano de la Ley de Familias.
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
En primer lugar, está el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que aunque no es exactamente una prestación, tiene como objetivo reducir el umbral de pobreza entre los españoles. Esto quiere decir que con el IMV se asegura que el beneficiario y su unidad de convivencia tengan garantizado un nivel de ingresos mensual. Está dirigida a aquellas personas que no alcanza una renta anual determinada, y puede pedirse a nivel individual o en el ámbito familiar. Además, es posible compatibilizar determinados ingresos a la vez que el cobro del Ingreso Mínimo Vital.
[Los profesores a los que se rifan las empresas este curso: hay 187.039 vacantes por cubrir]
Esta renta no garantiza la misma cantidad de ingresos mensuales para todos los casos y hay hasta 15 niveles diferentes en función de la cantidad de miembros que tiene la familia. La cuantía va desde los 565,37 euros mensuales para un adulto solo, hasta los 1.243,83 euros mensuales para cuatro adultos y un niño.
Renta de Crianza
La Renta de Crianza está destinada a los padres y madres con hijos menores de tres años. También se le conoce como la ayuda de 100 euros por hijo a cargo. Además de las madres trabajadoras, también pueden solicitarla las madres que cobren una prestación por desempleo o aquellas que trabajen a tiempo parcial o completo y que estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad al menos 30 días.
Asimismo, también la recibirán las familias en situación de monoparentalidad o monoparentalidad por ingreso en prisión de uno de los progenitores u obtención de la custodia y los progenitores del mismo sexo.
Prestación por hijo a cargo
La prestación por hijo a cargo, también conocida como "prestación familiar" o "la ayuda de los puntos", se paga dos veces al año: un pago en enero y otro a finales de junio. Está destinada a familias con hijos a cargo menores de 18 años y con una discapacidad de al menos un 33% o mayores de edad si tienen una discapacidad igual o superior al 65%.
Ayuda a familia numerosa
Las familias con cinco o más integrantes (o cuatro cuando un hijo tenga discapacidad) también pueden solicitar varias ayudas sociales, como becas de estudio, ayudas al transporte público y al escolar, bono eléctrico y están exentos de pagar los precios públicos en el ámbito educativo y escolar como tasas de matriculación.
Pensión de viudedad
La viudedad es un estado civil al que se accede cuando una parte de la pareja fallece. Siempre que una persona sufra la pérdida de su cónyuge, excónyuge o pareja de hecho tiene derecho a cobrar una pensión de viudedad, de la modalidad contributiva, aunque esté en activo en el mercado laboral.
Baja por maternidad
Esta ayuda, que se conoce como prestación por nacimiento y cuidado del menor, y que pueden solicitar los padres que cotizan, pueden disfrutarla ahora ambos progenitores durante 16 semanas cada uno, y dos más por cada hijo nacido después del primero.
Como los padres deben abandonar sus puestos de trabajo para cuidar al recién nacido, acogido o recibido en adopción, el Gobierno permite que se cobre el 100% de la base reguladora equivalente a una baja por incapacidad temporal por contingencias comunes.
Nuevos permisos
Otra de las novedades que más revuelo ha causado entre las madres trabajadoras en este año tiene que ver con los permisos laborales incluidos en la Ley de Familias y que entran en vigor desde el 1 de septiembre de 2023.
Esta última ayuda incluye el permiso 'por causa de fuerza mayor', distribuible por horas, que puede alcanzar hasta cuatro días al año retribuidos, y la baja laboral de cinco días, que se podrá usar en caso de accidente o enfermedad grave.