En España se producen cada año cerca de 8.000 accidentes de tráfico con víctimas mortales ocasionados por el uso del teléfono móvil. Según un informe elaborado en base a los datos ofrecidos por la DGT, las distracciones al volante, en las que se incluye el uso de teléfonos móviles, son la principal causa de accidentes mortales, con un 33% de siniestralidad. Detrás de ella se sitúan el exceso de velocidad (29%) y el consumo de alcohol (26%).
Las autoridades avisan constantemente del peligro que puede suponer cometer estas infracciones. Sin embargo, casi 13 millones de conductores, más de un 48%, reconocen utilizar el teléfono móvil mientras conducen. Debido a estos registros, la Dirección General de Tráfico (DGT) se ha vuelto cada vez más exigente en cuanto al cumplimiento de las normas, tanto dirigidas a los conductores como a los copilotos. Y es que, recientemente, por medio de la nueva Ley de Tráfico, la DGT ha aumentado las sanciones por manipular los dispositivos electrónicos al volante.
En este caso, existen algunas excepciones legales al hablar de la manipulación de los dispositivos en el coche. Sin embargo, son muchos los conductores que desconocen las prohibiciones vinculadas a esta acción, que afecta a todos los dispositivos, incluidos los integrados en el propio vehículo.
El uso del GPS es algo cada vez más recurrente entre los conductores. Para muchos, se ha convertido en un elemento básico a la hora de ponerse al volante. Antes, muchos utilizaban su propio dispositivo móvil para guiarse hasta su lugar de destino. Pero lo cierto es que la mejora de los vehículos ha provocado que, cada vez más, estos incluyan pantallas en sus cuadros que ocupan en la mayoría de los casos gran parte del espacio de los salpicaderos.
Y no solo eso, sino que los avances han llegado hasta el punto de que, debido a las innovaciones tecnológicas, muchos conductores se ven obligados a utilizar dicha pantalla para ejecutar cualquier acción dentro del coche.
¿Me pueden multar por usar la pantalla del coche?
Según la Ley de Tráfico, está totalmente prohibido utilizar dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación al volante. Y es que, aunque muchos no sean conscientes de ello, esta norma se aplica también cuando estos están parados en un semáforo o en un atasco. Por ello, la manipulación de las pantallas de los vehículos en plena conducción conlleva una multa de 200 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir.
Los dispositivos cuya utilización está prohibida mientras se conduce son: display o pantalla multimedia o radio del coche, navegadores GPS, teléfonos móviles (en soporte o no) y tablets u otros dispositivos. La única excepción que contempla la DGT es el uso de estos dispositivos cuando el conductor cuenta con una asistente virtual o los dispositivos permitan hacer uso de ellos desde el mismo volante. También se permite el uso de otros asistentes integrados en los teléfonos como, por ejemplo, Siri o Alexa.
¿Me pueden multar por mirar el móvil parado?
Hay que tener en cuenta que, tras aprobar la nueva normativa de circulación, la DGT inició una campaña para dar a conocer las nuevas multas mediante mensajes informativos en los paneles luminosos. De entre todos ellos, el que más se repite es el referente a las sanciones por usar el teléfono móvil mientras se conduce.
Muchos intentan evitar la multa con argumentos como: "si el coche está parado, puedo usar el móvil". Sin embargo, lo cierto es que la DGT también entiende por conducción cuando se está parado en un semáforo o retenido en un atasco. Podrás hacerlo. Eso sí, te costará 200 euros y perderás 6 puntos.
¿Dónde puedo llevar el móvil para no ser multado?
Tal y como informó el director general de Tráfico, Pere Navarro, siempre que el dispositivo se sitúe en el salpicadero no será objeto de denuncia. Eso sí, siempre y cuando se utilice para ello un soporte homologado y no se manipule durante la conducción. Aun así, recomienda que si es necesario su uso, el conductor se detenga en una zona segura.
Por ello, hay que asegurarse antes de iniciar el recorrido de llevar el teléfono en el salpicadero, en un soporte verificado y no manipularlo mientras circula. La multa por llevar el teléfono móvil en la mano asciende a los 500 euros e implica la pérdida de seis puntos del carné.
¿Cuáles son las multas más habituales?
Durante el pasado ejercicio, según ha recopilado Automovilistas Europeas Asociados (AEA) en un informe recientemente publicado, la DGT alcanzó la cifra de 507,3 millones de euros en sanciones.
En lo que al número de sanciones se refiere, la DGT notificó un total de 5,5 millones de denuncias el pasado 2022, lo que supone un incremento del 15,6% en relación con el año pasado. Pero, ¿cuáles son los motivos por los que más multas se ponen?
- Exceso de velocidad por radar fijo
- Exceso de velocidad por radar móvil
- No tener la ITV en vigor
- No tener carné de conducir
- No usar el cinturón
- Utilizar el móvil
- Superar los límites de alcohol
- Circular sin seguro
- Carecer de seguro
- No identificar al conductor