Se acercan estas fechas tan señaladas, y con ello, los viajes en carretera. La realidad es que la Navidad es una de las épocas en las que hay más imprudencias en las carreteras debido a las jornadas de cenas y fiestas. Por ello, la Dirección General de Tráfico (DGT) suele intensificar los controles de velocidad en las carreteras españolas. Si eres de aquellos despistados que le ha pillado un radar in fraganti, te enseñamos como anular la multa.
Este tipo de sanciones puede conllevar una pérdida de hasta 600 euros e incluso la retirada de puntos. Sin embargo, existen algunas posibles razones para poder librarse tanto del pago como de la pérdida de puntos.
Los motivos por los que se puede reclamar la multa por exceso de velocidad son los siguientes:
- Dos fotos por multa: la ley obliga a disponer de dos fotos del vehículo que comete la infracción: una visión panorámica del coche y otra de la matrícula. Si el radar no ha sacado las dos fotos correctamente, podrá pedirse la anulación de la multa.
- Diferencia de 7 km/h: los radares tienen un margen de error de 7 km/h. Por lo general, tráfico lo aplica antes de sancionar a un posible infractor.
- Datos incorrectos: si existen datos son incorrectos rellenados por parte de la autoridad en la infracción también se podrá alegar.
- Indicaciones contradictorias: existe la posibilidad de que los radares estén mal ubicados y no concuerden con la señal más próxima.
Eso sí, no te relajes ya que hay que hacer la reclamación en los primeros 20 días posteriores a la notificación. Pasado este tiempo, solo se podrá presentar un recurso de revisión si se detecta algún error.
Asimismo, al presentar la alegación se perderá el derecho a la reducción del 50%. En el caso de que la resolución sea favorable al conductor, el caso se archivará. Si ocurre lo contrario, el multado tendrá que pagar el 100% de la infracción, aunque sí que es cierto que podrá seguir reclamando hasta llegar a los tribunales.
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