El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha obligado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) a pagar a un madrileño los 15.500 euros que le costó ingresar a su padre en la sanidad privada al comienzo de la pandemia del Covid-19. El tribunal considera probado que el hombre no tuvo más opción que acudir a un hospital privado para salvar la vida de su padre después de que le negaran un ingreso en el Hospital Gregorio Marañón de Madrid.
La sentencia del TSJM, a la que ha tenido acceso en exclusiva EL ESPAÑOL, da por bueno el recurso de suplicación interpuesto por la defensa, después de que el Juzgado de lo Social número 23 de Madrid desestimara la demanda en diciembre del año pasado. Todavía queda por resolver la demanda de más de 70.000 euros que el demandante hace al SERMAS por la atención a su madre, que terminó falleciendo por Covid en abril de 2020 ingresada en un hospital privado. El abogado del demandante, Juan Carlos Sánchez Peribáñez, considera que este caso sentará jurisprudencia.
Todo comenzó el 12 de marzo de 2020, cuando el demandante acudió con su madre al Centro de Salud de Pavones, en Madrid, donde le diagnosticaron “sospecha de infección de coronavirus”. Al empeorar la situación de la mujer, el demandante la llevó al Hospital Ramón y Cajal el 14 de marzo, es decir, el día en que el Gobierno decretó el estado de alarma y su consiguiente confinamiento domiciliario por la grave situación sanitaria.
Una vez allí, a la mujer le diagnosticaron una “gastroenteritis aguda sin signos de alarma en el momento actual” y la enviaron a casa. Dos días después, el demandante acudió también con su padre a otro hospital público, el Gregorio Marañón, donde le diagnosticaron con una “sospecha de infección por coronavirus” y también le enviaron a casa. Ese mismo día, el demandante acudió con ambos ancianos al hospital privado Nuestra Señora de América, donde se les diagnosticó la Covid-19 y fueron ingresados en planta.
Ella murió el 7 de abril por Covid. Él permaneció ingresado hasta el alta terapéutica el día 30 de marzo. El hospital Nuestra Señora de América emitió una factura por importe de 15.522,92 euros por los gastos de asistencia sanitaria del superviviente, unos gastos que el demandante fue pagando paulatinamente en los meses siguientes. Asimismo, el demandante pagó 73.156,67 euros por la atención que recibió su fallecida madre. Ese pago está también reclamado y pendiente de resolución en el mismo tribunal.
El demandante formuló una reclamación en la Consejería de Sanidad en noviembre de ese año, exigiendo el pago de los costes del ingreso de su padre. El organismo público se lo negó, igual que negó un diagnóstico adecuado y un ingreso para sus padres meses atrás. Así pues, el hombre acudió a los tribunales.
"Asistencia de carácter vital"
En una primera instancia, el Juzgado de lo Social número 23 de Madrid desestimó la demanda interpuesta contra el Servicio Madrileño de Salud y el Instituto Nacional de Seguridad Social. El TSJM admitió a trámite un recurso de suplicación presentado por la defensa y, finalmente, dio la razón al demandante.
“Consta en los hechos probados que la familia compuesta por padre, hijo (demandantes) y la esposa y madre, que lamentablemente falleció a causa de Covid-19, acudieron al Hospital Ramón y Cajal el 14-3-20, donde se les diagnosticaron patologías diferentes sin signos de alarma, después acudieron mediante parte de interconsulta expedido por su centro de salud, al Hospital Gregorio Marañón donde se diagnosticó al padre ‘sospecha de infección por coronavirus’ el 16-3-20”, recoge la sentencia. “En ese mismo día acudieron al Hospital Nuestra Señora de América, privado, donde se procedió al ingreso hospitalario de los padres”.
Tal y como recoge el Real Decreto 1030/2006, invocado por la defensa, “en esos casos de asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital que hayan sido atendidos fuera del Sistema Nacional de Salud, se reembolsarán los gastos de la misma, una vez comprobado que no se pudieron utilizar oportunamente los servicios de aquél y que no constituye una utilización desviada o abusiva de esta excepción”.
“Es notoriamente conocida la situación de desbordamiento de la sanidad pública que se produjo en las indicadas fechas en los momentos iniciales de la pandemia de Covid-19 hasta el punto de tener que levantarse en un tiempo muy breve un hospital de campaña en Madrid”, prosigue la sentencia.
“En tal situación las exigencias de prueba tienen que relativizarse. No sería realista requerir a los pacientes una documentación exhaustiva con un rigor impropio e inadecuado en la situación existente. Lo cierto es que en este caso se acredita una voluntad de utilizar la sanidad pública, pues al menos consta que los demandantes acudieron al Hospital Ramón y Cajal, al centro de salud y al Hospital Gregorio Marañón”.
“El mismo día que estuvieron en el Hospital Gregorio Marañón y fueron diagnosticados de coronavirus, el padre y la madre quedaron ingresados en el hospital de la sanidad privada donde se produjeron los gastos reclamados. Razonablemente hay que dar por acreditado que si acudieron al Hospital Nuestra Señora de América fue porque no obtuvieron plaza en el Hospital Gregorio Marañón, pues hasta ese momento no habían abandonado la sanidad pública. En cuanto a la urgencia vital, no cabe cuestionarla, dada la gravedad de las patologías desencadenadas por el Covid-19, que llevó al fallecimiento de la mujer y a la hospitalización durante 14 días de su esposo, aquí demandante”, zanja el escrito.