Los nuevos cambios que está instaurando la Dirección General de Tráfico (DGT) en las carreteras españolas están a la orden del día. Por eso, ahora más que nunca, se debe prestar mucha atención al volante para evitar accidentes y multas. Una de las nuevas reformas tiene que ver con el nuevo límite de velocidad en los adelantamientos, que acarrea multas de hasta 600 euros si no se respeta. También, de hasta 6.000 euros si llevas un dispositivo prohibido en tu vehículo. Ahora bien, otra de las sanciones que puede poner es de hasta 3.000 euros si circulas con un coche que está dado de baja.
El Real Decreto 265/2021 del 13 de abril que modifica el Reglamento General de Vehículos, se detalla esta nueva modificación que pretende acabar con los 'coches zombie'. Se denominan así los vehículos que están dados de baja temporalmente pero que siguen circulando. Como no tienen el alta, no tienen por qué pagar impuestos ni tampoco tienen que pasar la ITV lo que conlleva un grave peligro para el resto de vehículos en carretera.
La DGT está advirtiendo de esta novedad por carta a todos los conductores que dispongan de un vehículo dado de baja. Aquí se detalla lo que deben hacer los usuarios que se encuentren en esta situación. Y es que, si pasado un año el usuario no solicita la prórroga de la baja temporal del coche, este pasará automáticamente a estar activo lo que obligará al propietario a realizar los trámites de seguros, documentos e impuestos necesarios.
Además, el organismo avisa de una cuantiosa multa si no se cumple correctamente esta legislación. Todos aquellos conductores que sigan circulando con un vehículo con estas características se expondrán a una sanción de hasta 3.000 euros. En este sentido, también recuerda que aquellos coches que hayan tenido algún accidente y hayan sido declarados como siniestro total, deberán pasar la ITV antes de volver a circular o si no, serán catalogados como coches zombie.
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