Confirman dos años y medio de prisión al exinterventor de Fisterra (A Coruña) por malversación

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Barbanza

Absueltos por falta de pruebas tres empresarios de A Pobra do Caramiñal (A Coruña)

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña considera que no hay prueba de cargo suficiente y que no quedó acreditado el perjuicio a las sociedades implicadas

5 octubre, 2022 15:00

A CORUÑA, 5 Oct. (EUROPA PRESS) –

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado sentencia en la que absuelve a tres empresarios y a dos empresas de A Pobra do Caramiñal acusados de los delitos de estafa, administración desleal, delito societario y apropiación indebida, al estimar que no hay prueba de cargo suficiente y no quedó acreditado el perjuicio a las sociedades implicadas.

En la resolución de la Audiencia, se recogen como hechos probados dos operaciones de compraventa entre un grupo de empresas y otra sociedad. Se trataba de la venta de una nave industrial, unas instalaciones fotovoltaicas y unas participaciones sociales.

En las escrituras notariales se recogió como precio de las dos operaciones la cifra de 435.500 euros, cuando el precio de venta real fue superior. Así, el montante total ascendía a 665.233,19 euros, de los que se pagaron unos 651.000 euros mediante cheques y compensación de deuda.

La Fiscalía y la acusación particular atribuyeron a los implicados en las operaciones los delitos de administración desleal, estafa continuada, y apropiación indebida entre otros, y pedían penas que iban desde los dos años y medio a los seis años de prisión, además de multa.

Sin prueba de cargo suficiente

Sin embargo, la sección sexta de la Audiencia de A Coruña, señala en su sentencia que "a la vista de la prueba practicada durante el acto de la vista oral, se concluye que no existe prueba de cargo de suficiente entidad para enervar la presunción de inocencia, que ampara a toda persona acusada en un procedimiento penal".

Al respecto, el tribunal provincial señala que "no consta acreditada la existencia de ningún perjuicio para las sociedades citadas ni para sus socios" y que tampoco se ha demostrado que los firmantes de las escrituras actuaran con "intención de lucrarse de forma indebida o menoscabar el patrimonio ajeno".

En ese sentido, señala que la junta de accionistas fue informada con detalle de las operaciones de venta y dio su visto bueno, y ha dado crédito a las explicaciones del grupo vendedor, que justificó las operaciones por su beneficio global, la inyección de liquidez y reducción de deuda.