La película de Ryan Johnson, Puñales por la espalda, además de ser una espléndida comedia, protagonizada por el 007 Daniel Craig y la actriz hispano-cubana Ana de Armas, es un retrato de comportamientos shakespearianos y una exhibición de la libertad de testar anglosajona.
El vigente Código Civil español, que se debe en gran parte al jurisconsulto liberal Manuel Alonso Martínez, promulgado en 1889, es particularmente tuitivo, protector de las esposas (régimen de bienes gananciales, legítima heredera) y también de todos los hijos (herederos forzosos) por el hecho de la consanguinidad. Fue una reforma moderada de la sucesión de los mayorazgos del Antiguo Régimen en los que el hijo mayor varón asumía el compromiso de mantener a su madre y hermanas, dotar a sus hermanas casaderas y a las destinadas a Religión. Los varones segundones se las componían como podían en la Iglesia, en el Ejército o en el servicio en la Corte o en las Casas de los Grandes de España.
Muy probablemente ese espíritu de salvaguarda mantenido en el Código Civil está en la base de un concepto de protección de la familia que ha sido un elemento positivo en la cultura hispana y que nos ha diferenciado de las familias anglosajonas. Pero como todo en la vida tiene un activo y un pasivo. En el activo, la protección; en el pasivo, la limitación de la libertad del testador reducida desde 1889 a un tercio de su patrimonio.
En el actual movimiento feminista en España estoy por oír una solicitud de cambio a la baja de los derechos de protección de las mujeres que estableció nuestro código, en atención a su debilidad, en una sociedad decimonónica patriarcal, agraria y antigua. En el siglo XXI esas circunstancias han variado sustancialmente, pero seguimos con los mismos artículos protectores de las mujeres en el Código Civil sin que nadie se atreva a proponer o sugerir su reforma.
Es evidente que la sociedad española, en su modernización, ha variado sustancialmente aquellas circunstancias y, sin embargo, si alguien propone una reducción de esos derechos, consolidados consuetudinariamente, estoy seguro de que será tachado de “machista”, cuando la desigualdad ante la ley está en la coerción a favor de las mujeres y herederos y no en su reforma y liberación.
El testador en nuestro Código Civil, aun soportando herederos execrables o violentos, está obligado a trasmitir parte o todo su patrimonio, en el momento del fallecimiento propio y de su esposa (también heredera y testadora forzosa), a los hijos beneficiados por la ley, salvo contraria resolución judicial previa, muy excepcional y a instancia de parte. En la película Puñales por la espalda, asistimos a un merecido y divertido ajuste de cuentas de un padre sobre sus hijos, nietos, nueras y yernos, sin mediación de un juez. En España, la libertad del testador es ahora que tenga alguna atención por parte de los legisladores.
Asistiremos, más bien pronto que tarde, al debate de la ley de eutanasia que se llamará algo así como 'Derecho a una muerte digna'. La condición de herederos forzosos, que tendrán protagonismo importante a la hora decidir o instar el eventual deceso “humanitario” del padre o la madre, puede ser un factor distorsionador e interesado. El anciano o enfermo eutanasiado por sus familiares puede razonablemente tener el temor o sospecha de las prisas por heredar por parte de algunos de sus misericordiosos herederos.
Si los beneficiarios de una muerte inducida por eutanasia son “forzosos”, en algunos casos parecerá sospechoso el interés de los herederos en limitar el “sufrimiento” del anciano o anciana con Alzheimer o con una enfermedad incurable. El tema cambia sustancialmente si los eventuales herederos ignoran el qué y a quién recae la herencia. En algunos casos, el testador estará mejor atendido por las familias si no tiene herederos forzosos y los candidatos a heredar tienen que hacer méritos de bondad y de conducta para no ser desheredados.
En definitiva. Ya sea por la actualización y cambio en la mejorada condición social de las mujeres, muy distinta a la del siglo XIX; ya sea por la libertad del testador o por sus efectos en la próxima ley de eutanasia, parece recomendable antes una actualización del Código Civil para equilibrar la igualdad ante la ley y evitar puñaladas por la espalda.