El TJUE deniega la protección del copyright al sabor de un queso

El TJUE deniega la protección del copyright al sabor de un queso Etienne Ansotte/CE

Europa

¿Puede el sabor de un alimento ser una obra artística? El TJUE dice que no

  • La justicia europea dictamina que un sabor no goza de la protección del derecho de autor.
  • El litigio fue planteado por un fabricante holandés de queso para untar.
  • El fallo sostiene que no es posible identificar de manera precisa y objetiva el sabor de un alimento.
13 noviembre, 2018 11:22
Bruselas

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¿Puede el sabor de un alimento ser una obra artística? ¿Es posible considerar el sabor como una creación intelectual original, una "expresión" de un artista? ¿Se puede identificar de manera precisa y objetiva el sabor de un alimento? Estas son algunas de las preguntas que ha tenido que responder este martes el Tribunal de de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un litigio que enfrenta a dos fabricantes holandeses de queso para untar. Su respuesta es negativa: un sabor no goza de la protección del derecho de autor de la UE.

El conflicto opone al Heksenkaas contra el Witte Wievenkaas. El Heksenkaas es un queso para untar a base de nata fresca y finas hierbas, creado en 2007 por un comerciante holandés de verduras y productos frescos. Sus derechos de propiedad intelectual pertenecen ahora a la empresa Levola, que los adquirió mediante cesión de ese comerciante. Desde 2014, otra empresa holandesa, Smilde, fabrica un producto rival para una cadena de supermercados en Países Bajos.

Al considerar que la producción y venta del Witte Wievenkkas vulneraba sus derechos de autor sobre el sabor del Heksenkaas, Levola solicitó a los tribunales holandeses que prohibieran la producción y comercialización del queso competidor. Alega, por una parte, que el sabor del Heksenkaas es una obra protegida por el derecho de autor. Y, por otra parte, que el sabor del Witte Wievenkaas es una copia de dicha obra. La justicia holandesa ha pedido al TJUE que interprete la legislación comunitaria en la materia.

Sin protección del derecho de autor

En su fallo de este martes, el Tribunal de Justicia de la UE resalta que, para obtener la protección de los derechos de autor, el sabor de un alimento debería poder ser calificado de "obra". Eso implica, en primer lugar, que sea "una creación intelectual original" y exige asimismo una "expresión" de esta creación intelectual original. "La protección del derecho de autor abarca las expresiones pero no las ideas, los procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí", dice la sentencia.

Por lo tanto, el concepto de obra exige "necesariamente una expresión del objeto de la protección con arreglo al derecho de autor que lo identifique con suficiente precisión y objetividad". Sin embargo, el TJUE subraya a continuación que "no es posible identificar de manera precisa y objetiva el sabor de un alimento".

"A diferencia, por ejemplo, de una obra literaria, pictórica, cinematográfica o musical, que es una expresión precisa y objetiva, la identificación del sabor de un alimento se basa esencialmente en sensaciones y experiencias gustativas, que son subjetivas y variables, ya que dependen, en particular, de factores relacionados con la persona que prueba el producto en cuestión, como su edad, sus preferencias alimentarias y sus hábitos de consumo, así como del entorno o del contexto en que tiene lugar la degustación del producto", sostienen los jueces europeos.

Además, en la fase actual del desarrollo científico "los recursos técnicos disponibles no permiten identificar el sabor de un alimento de una manera precisa y objetiva que permita distinguirlo del sabor de otros productos de la misma naturaleza".

Por todos estos motivos, el TJUE llega a la conclusión de que "el sabor de un alimento no puede ser calificado de 'obra' y por lo tanto no goza de la protección del derecho de autor".