Una mujer frente a los tribunales.

Una mujer frente a los tribunales. iStock

Qué hacer

Cómo acceder a la profesión de abogado

La de abogado es una de las principales salidas del grado de Derecho. Sin embargo, hay que cumplir varios requisitos para poder ejercerla en España. 

8 diciembre, 2022 01:53

Cuando nos hablan del grado de Derecho, una de las primeras salidas profesionales que se nos vienen a la cabeza de forma natural para los estudiantes es la de abogado. Pero, ¿cuánto sabemos de los abogados y de los requisitos para acceder a la abogacía?

[Todas las salidas profesionales del grado en Derecho explicadas por una abogada]

Un abogado es aquella persona que profesionalmente, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, ejerce la dirección y defensa letrada de una parte en todo tipo de procesos o quien asesora y proporciona consejo jurídico. Esta es una profesión que ocupa a un gran número de profesionales en España.

Así, según el Consejo General de la Abogacía Española, en diciembre de 2021, en España había 154.314 abogados ejercientes, por lo que se trata de una profesión muy extendida en nuestra geografía. Es además una de las más paritarias, ya que más del 45% de las profesionales son mujeres.

Requisitos

Una vez presentada la situación de la abogacía en España, ¿sabes qué requisitos se deben cumplir para ser abogado?

Se puede resumir en los siguientes:

En primer lugar y como requisito más obvio, es necesario estar en posesión del título de licenciatura o de grado en Derecho. Sin haber terminado la carrera, no es posible ejercer la profesión de abogado.

El segundo requisito consiste en cursar un máster habilitante para la profesión de la abogacía, comúnmente llamado máster de acceso a la abogacía. Existen muchas modalidades distintas para realizar dicho máster: puede ser online o presencial, en universidad privada o en una pública, junto con un máster de especialización o únicamente el máster de acceso…

En general, es importante tener en cuenta que tendrá una metodología más práctica que la que se acostumbra a ver en el grado y más enfocada al ejercicio de la abogacía. Por ejemplo, se estudia deontología profesional y organización colegial, y cuenta con unas prácticas profesionales obligatorias. La duración del máster suele rondar entre un año y dos.

El tercer requisito es ser mayor de edad y no estar inhabilitado para ejercer la profesión. Por ejemplo, algunos antecedentes penales llevan aparejados la inhabilitación para el ejercicio de la abogacía, por lo que en caso de tener ese tipo de antecedentes, hasta que los mismos no sean cancelados, no será posible ejercer la abogacía.

El cuarto requisito es superar con éxito el examen de acceso a la abogacía convocado por el Ministerio de Justicia. Este examen, que se convoca dos veces al año, es un ejercicio teórico-práctico tipo test que tiene preguntas con cuatro opciones, siendo únicamente una válida. Mientras que las respuestas correctas suman un punto, las incorrectas restan 0,33, no teniéndose en cuenta las que se dejan en blanco.

¿Cuál es el temario?

  • El examen consta de dos partes. La primera es común a todos los aspirantes a abogados e incluye materias como la deontología profesional, la organización del ejercicio de la abogacía, o los tipos de ejercicio, entre otros. Son un total de 50 preguntas sobre las 75 que tiene el examen.

  • El segundo bloque es una especialidad que puede elegir el candidato entre las cuatro que se ofertan, es decir, civil y mercantil, penal, administrativo y contencioso-administrativo y laboral. Este apartado contendrá 25 preguntas sobre las 75 que tiene el examen.

¿Cómo se aprueba el examen?

Para aprobar el examen de acceso, se tendrán en cuenta dos elementos. La nota global se compondrá, en un 70%, por la nota obtenida en el examen tipo test y en un 30% por la nota media lograda durante el máster de acceso. La nota es apto (si se obtiene un cinco o más sobre diez) o no apto (si se obtiene menos de un cinco sobre diez).

Y, como último requisito, es necesario estar colegiado como ejerciente en algún colegio de abogados para poder ejercer la abogacía. De hecho, en caso de que se ejerza la profesión sin estar colegiado, se estaría cometiendo intrusismo profesional, con las consecuencias legales que esto puede conllevar.

Estos cinco requisitos conforman el largo camino que debe seguir todo estudiante de Derecho interesado en ejercer la abogacía, una profesión absolutamente gratificante y que presenta constantes retos y requiere de un continuo aprendizaje.

*Celia Herrero Cantó es abogada colegiada en el ICAM número 135.540.