El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado el 1 de febrero contra el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, conocido como el "impuesto a los ricos" del Gobierno de Pedro Sánchez.
[Ayuso recurre ante el TC el 'impuesto a los ricos' de Sánchez por invadir sus competencias]
Esto supone un nuevo triunfo para Isabel Díaz Ayuso que ya ha presentado varios recursos ante leyes de Sánchez al Constitucional y han sido admitidas a trámite. Según, el Ejecutivo regional, este impuesto es una "invasión en las competencias fiscales y financieras de las comunidades autónomas recogidas en la Carta Magna".
El consejero de Hacienda, Javier Fernández Lasquetty, ha destacado que este es un impuesto dañino que le hace daño a la gente porque va contra "el ahorro y la inversión". "Este impuesto nos perjudica a todos", ha declarado tras conocerse la noticia.
Tal y como ha informado la Comunidad de Madrid a Madrid Total, los fundamentos jurídicos sobre los que se desarrolla el recurso son seis. El primero de ellos se apoya en que suplanta las competencias autonómicas para la gestión de los tributos cedidos, "como el Impuesto sobre el Patrimonio, que en la Comunidad de Madrid está bonificado al 100% desde 2008".
"El nuevo estatal impone una cuota nacional para todas las regiones de régimen común, invadiendo la gestión autonómica en la materia, lo que perjudica de manera especial a los contribuyentes madrileños", argumentan, alegando que el impuesto supone una "ruptura de autonomía financiera de las CCAA, ya que afecta a su política fiscal".
Además, Madrid alega en su recurso que la tramitación de dicho impuesto "se ha llevado a cabo a través de una enmienda en un Proyecto de Ley que no tenía que ver con este tributo". Esto hace que se obvie el procedimiento parlamentario ordinario, sin someterse a consulta pública y sin contar con memoria económica ni dictamen del Consejo de Estado. Lo que, además, ha impedido el debate y presentación de enmiendas al texto.
Según la CAM, el impuesto "atenta contra la seguridad jurídica" porque tiene efectos retroactivos para todo 2022, a pesar de que entró en vigor el 29 de diciembre de ese año.
Impuesto Temporal
"Esto supone un grave perjuicio para los ciudadanos que no contaban con soportar esta carga fiscal en ese ejercicio, que han realizado operaciones de inversión o que han decidido ahorrar -confiando en que no estaban sujetos a una nueva tributación- ahora se van a ver obligados a hacerlo", han argumentado.
Además, la Comunidad de Madrid está segura de que el impuesto para los ricos de Sánchez "vulnera los principios de capacidad económica y confiscatoriedad recogidos en el artículo 31.1 de la Constitución Española".
Este artículo señala que "se contribuirá al sostenimiento de los gastos públicos en función a la capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio".
Sin embargo, este nuevo gravamen está definido como temporal, inicialmente exigible para dos años, "período para el cual se han determinado unos tipos imponibles que son estimativos y presuponen una manifestación de riqueza ficticia, sin tener en cuenta los recursos del contribuyente".
Junto a ello, el Ejecutivo madrileño considera que no se ha justificado la creación del gravamen al no existir una necesidad recaudatoria real, ya que se ha alcanzado cifra récord en estos momentos debida a la coyuntura económica y la política fiscal del Gobierno de España.