Los propietarios ahorrarán al menos 300 euros con la exención del IRPF del Gobierno si rebajan el alquiler un 5%
Con todo, la propuesta todavía se tiene que concretar.
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La bonificación de hasta un 100% en el IRPF por rebajar el precio del alquiler un 5% en zonas no tensionadas sería beneficiosa para prácticamente la totalidad de los contribuyentes con viviendas en alquiler. La rebaja fiscal superaría el recorte en la renta del alquiler en la mayoría de los casos, y supondría un saldo favorable al arrendador de, al menos, 300 euros.
El Registro de Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas (REAF-CGE) ha hecho una serie de simulaciones que les permiten llegar a esta conclusión.
Para un alquiler de 1.000 euros al mes, un propietario con una renta de 18.000 euros brutos al año obtendría a su favor más de 300 euros por la bonificación del IRPF al 100% si recortara al mes un 5% la renta.
Otro ejemplo elaborado por los asesores fiscales muestra que para un salario bruto de 30.000 euros al año y un alquiler de 1.000 al mes, este recorte de un 5% daría al propietario un beneficio de 630 euros a su favor.
No obstante, los asesores fiscales han indicado que esto dependerá siempre del recorte que se haga en la renta y la bonificación que finalmente ofrecerá el Gobierno, ya que la propuesta todavía debe concretarse.
Dentro de las medidas puestas sobre la mesa por el Gobierno se encuentra que las socimis de vivienda que no promuevan el alquiler asequible pierdan sus ventajas fiscales. Esto hará que tengan que tributar al 25%, el gravamen general del Impuesto de Sociedades.
Sin embargo, la medida será beneficiosa para los socios de estas socimis, sobre todo las jurídicas. Podrán aplicar la exención por doble imposición al repartir los dividendos o vender sus participaciones.
"Por los dividendos que obtengan estos socios o personas jurídicas, que hasta ahora tributan al 25% porque no aplicaban la exención al no tributar socimis, ahora van a tributar al 1,25% y no al 25%. Igual que si venden sus participaciones, hasta ahora tributaron al 25% y pasarán a tributar al 1,25% porque pueden aplicar la exención por doble imposición", explican.
Por otro lado, aplicar el IVA a los pisos turísticos repercutirá en un aumento en los precios. Además, condicionar esta medida a la saturación de la zona, generará "incertidumbre e inseguridad jurídica a los propietarios", porque unos años habrá unas zonas que tengan saturación turística y otros años que no.
Además, recuerdan que sí hay pisos turísticos que se gravan al 10% en el caso de que el propietario preste servicio de la industria hotelera. "Si ya diferenciamos en un tipo que no se grava, un tipo 10% o un tipo al 21%, siempre pensamos que gravar en este caso diferentes tipos al mismo servicio, pues que no es deseable en cualquier caso", añaden.
Respecto al incremento de hasta el 100% en el gravamen para la compra de vivienda de extranjeros no comunitarios, los asesores fiscales indican que todavía hay que ver cómo se instrumentaliza esta medida evitando choques competenciales con las regiones.
"No está muy claro, porque no se ha dicho mucho más sobre esta medida: si se va a duplicar la base imponible y mantener los tipos, si se va a duplicar los tipos o si se va a crear un nuevo impuesto que sea complementario", exponen.