La declaración de la renta 2024 ya está aquí y los contribuyentes se apresuran para contar con toda la información y documentación necesaria para elaborar el borrador. Sin embargo, en algunos casos, se trata de un procedimiento un tanto complejo, por lo que algunas personas tratan de quitárselo de encima este trámite lo antes posible.
La consecuencia de esta rapidez puede ser que después de haber presentado el borrador de la declaración de la renta 2024, nos percatemos de que hemos cometido algún error al rellenar los datos o que nos falta alguna información.
Entonces, es cuando muchos contribuyentes se comienzan a preguntar si es posible revertir este error, ya que equivocarse en este trámite puede traer consigo consecuencias económicas como multas o sanciones. A continuación, te contamos si es posible modificar el borrador de la renta 2024.
¿Se puede modificar el borrador de la renta 2024?
La declaración de la renta se trata de un procedimiento que para algunos contribuyentes puede suponer un proceso bastante pesado. Por lo que algunas personas tratan de quitarse este trámite de encima lo antes posible. Sin embargo, estas prisas pueden acarrear que exista una confusión de datos o cifras incorrecta, lo que puede desencadenar, en un futuro, en posibles sanciones o multas.
Ante esta situación, puede que algunas personas se percaten despuésla declaración de la renta 2024 de que han cometido un error a la hora de elaborar, quieran rebertir este fallo lo antes posible. De esta forma, empiezan a plantearse si existe la posibilidad de modificar el borrador de la renta cuando esta ya se ha presentado.
La respuesta a esta pregunta es afirmativa, ya que sí se puede modificar la declaración de la renta cuando esta perjudica al contribuyente.
Estso son los errores posibles
La campaña de la renta incluye que se presenta una gran cantidad de declaraciones, por lo que varios de estos trámites pueden contener errores. Pero, estos fallos tienen solución, sobre todo, si nos encontramos ante dos casos.
Por tanto, la declaración del IRPF se puede modificar, aunque ya se haya presentado. No obstante, subsanar este error varía en función de los dos tipos de fallos que se pueden incluir en el borrador.
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Es decir, hay que tener en cuenta que existen dos posibilidades, o bien que el fallo incluido en el borrador perjudique al contribuyente o a Hacienda.
Cambiar el borrador cuando perjudica al contribuyente
Todos los ciudadanos pueden solicitar cambiar el borrador de su declaración de la renta, una vez presentado este trámite.
Es decir, cuando el contribuyente es consciente de que los errores que ha incluido en la renta le pueden perjudicar. Ya sea, que este ciudadano tiene que pagar más dinero como consecuencia de este error, o va a ingresar una cantidad menor a la que en realidad le corresponde.
En estos casos, los ciudadanos pueden modificar los datos que les perjudican, accediendo a su expediente a través de Renta Web y marcando la casilla de solicitud de rectificación.
Tras esto, siempre se pueden modificar los datos, a no ser que Hacienda ya haya realizado la liquidación provisional o definitiva, ni haya pasado el plazo de cuatro años de prescripción.
Cambiar el borrador cuando perjudica a Hacienda
Otro de los supuestos en los que se puede modificar el borrador presentado es cuando este perjudica a Hacienda.
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En este caso, el error tiene que afectar a la cantidad de dinero a devolver o a ingresar. Entonces, en esta situación, el contribuyente debe de presentar una declaración complementaria.
Al igual, que en la anterior opción, se puede solicitar la modificación a través de la aplicación de Renta Web. Y desde este programa, ya se debe seleccionar la opción 'modificar declaración presentada', e indicar que se trata de la presentación de una declaración complementaria.
Según indica la Agencia Tributaria, cuando se dan estas situaciones y se realiza la modificación, se restará del resultado de la autoliquidación complementaria presentada, la cantidad que se ingresó en la primera declaración, si está fue positiva, o bien se sumará la devolución percibida, si el resultado fue a devolver.
¿Qué es el borrador de la declaración del IRPF?
El borrador de la declaración de la Renta consiste en una declaración que la propia Administración pone a disposición de los contribuyentes y que incluye sus datos personales, familiares y económicos. No obstante, este borrador tiene un carácter meramente informativo, ya que en los cálculos previos que ofrece Hacienda pueden faltar datos que la persona contribuyente deberá añadir. Como por ejemplo el nacimiento de hijos, las donaciones o los pagos sindicales.
Sin duda, es muy importante para los ciudadanos completar de forma correcta esta información que pueda faltar, ya que los errores al elaborar la declaración pueden terminar en multas o sanciones.
Cómo obtener el borrador de la Renta
Hay dos maneras de conseguir el borrador de forma digital. Desde la propia página web de la Agencia Tributaria o por la aplicación móvil del organismo. Los contribuyentes también tienen a su disposición un servicio telefónico para información relacionada con el borrador en horario de lunes a viernes, de 09.00 a 19.00 horas: 91 554 87 70 (accesible también a través del 901 33 55 33).
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Cabe destacar que estas gestiones solo se podrán realizar a partir del 6 de abril, cuando en las plataformas de la entidad aparezca un apartado denominado Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta Web). El apartado de Renta WEB es el servicio de ayuda de Hacienda para el trámite y presentación de la declaración.