Así se tienen que declarar los ingresos obtenidos en el extranjero en el IRPF
Consultorio de la Renta 2022 con EY en el que resolvemos dudas frecuentes de la declaración.
29 junio, 2022 17:42La campaña de la renta encara sus últimas horas. Pero todavía hay miles de españoles que no han hecho su declaración, por lo que los consejos al respecto siguen siendo muy necesarios.
Para ello, en EL ESPAÑOL-Invertia, contamos con los especialistas fiscales de EY para abordar las dudas más habituales de esta campaña de IRPF 2021. En esta ocasión se trata de Abrahan Díaz, Senior Manager de People Advisory Services (PAS) de EY, que aclara cómo declarar los ingresos obtenidos en el extranjero.
"Cuando un contribuyente del IRPF ha obtenido rendimientos en el extranjero y estos han sido objeto de tributación fuera de España, nuestra normativa contempla como norma general poder deducirte dicho impuesto soportado en el extranjero".
"Dependiendo de la naturaleza de los referidos rendimientos o ganancias existen mecanismos bien para evitar la doble imposición internacional, y en algunos casos como veremos a continuación la normativa ha establecido unos métodos que pueden llegar a mitigar la tributación de los mismos".
"Entrando más en materia, en la mayoría de ocasiones suelen ser los rendimientos del trabajo los que se generan en el extranjero. En estos casos la normativa establece hasta dos mecanismos que permiten dejarlos exentos de tributación en España:"
- El artículo 7.p) de la Ley de IRPF que establece dejar exentos hasta un máximo de 60.100€ de los rendimientos del trabajo que se obtengan por trabajo desarrollado en el extranjero, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
- El conocido coloquialmente como régimen de excesos o complemento por destino, que permite dejar exentos aquellos complementos o excesos que un empleado recibe cuando se desplaza al extranjero y que en situaciones normales si hubiese continuado desempeñando el mismo puesto de trabajo en España no los hubiese devengado.
"Volviendo al mecanismo que establece nuestra norma interna para evitar que un mismo rendimiento o ganancia sea gravado dos veces, porque haya sido gravado también en el extranjero, nuestra norma permite descontar la menor de las siguientes dos cuantías:"
"Por un lado, el importe efectivo de lo satisfecho en el extranjero en concepto de un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IRPF o al IRNR".
"Por el otro, el resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de la base liquidable que haya sido objeto de tributar en el extranjero".
"Además de este mecanismo general para evitar la doble imposición, España ha llegado a firmar convenios para evitar la doble imposición con otros estados, en los que en lugar de aplicar el método que acabamos de comentar, permite la aplicación de la denominada exención con progresividad".