Vista de Nueva York.

Vista de Nueva York. Europa Press

Turismo

Nueva York obliga a compartir el Airbnb con el propietario para aliviar el alquiler: por qué no funcionaría en España

La Gran Manzana intenta frenar el encarecimiento del alquiler. Las diferentes normas autónomicas y del mercado complican imitar la idea.

28 agosto, 2023 02:07

A partir del 5 de septiembre, quien desee alquilar un Airbnb por unos días en Nueva York encontrará una importante novedad: deberá compartir el apartamento con su propietario. Es la condición más destacada entre las nuevas normas que empiezan a aplicar ahora a los alquileres de corta duración, y que la ciudad emprende para intentar aliviar unos precios de la vivienda disparados por la escasez de oferta.

Todo queda recogido en una normativa local. A partir del 5 de septiembre, se limitan los alquileres de menos de 30 días. Los propietarios que deseen alquilar en esos casos deberán estar inscritos en un listado de la ciudad y, además, tendrán que compartir el apartamento con los inquilinos.

Asimismo, los dueños no podrán tener más de dos huéspedes que paguen por su estancia al mismo tiempo, una condición que restringe el alquiler de habitaciones. Para Airbnb no hay dudas: la medida es "una prohibición de facto de los alquileres de corta duración", según recoge el Wall Street Journal. 

Times Square.

Times Square. Europa Press

El periódico destaca que miles de anuncios de apartamentos en Nueva York están desapareciendo ya de la plataforma como consecuencia de la ley, mientras Airbnb hace cálculos de los daños.

De sus primeras estimaciones, la plataforma deduce que solo en su primera semana en vigor 5.300 reservas se verían afectadas por la nueva normativa. Un impacto considerable para la empresa, que cuenta con 38.500 apartamentos registrados en la ciudad de los rascacielos. Generan unos 85 millones de dólares cada año.  

¿Aplicación en España?

Los argumentos a favor de la medida, expresados al WSJ tanto por residentes como por cargos municipales, inciden en la necesidad de combatir la crisis de precios de la vivienda en la ciudad.

La proliferación de oferta en la plataforma es señalada como una de las causas de la merma del mercado residencial, argumentos que se repiten en otras ciudades del mundo. También en España, donde los alquileres han repuntado un 9,3% en el último año, sobre todo por la reducción de la oferta.

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¿Pero funcionaría aquí la idea de la Gran Manzana? "Nueva York no es comparable con ciudades españolas. Además, hay que tener en cuenta que aquí cada comunidad autónoma tiene su regulación", expone a EL ESPAÑOL-Invertia Miguel Ángel Sotillos, al frente de la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur).

Sobre todo en lo referido al registro y profesionalización de esta actividad, que ahora emprende Nueva York pero que en España ya se practica en algunas zonas que, además, han desarrollado medidas propias y diferentes entre sí, remarca el responsable de esta organización, que reúne al 60% de los 311.000 apartamentos y viviendas de uso turístico que existen en nuestro país.

Un apartamento turístico.

Un apartamento turístico. Europa Press

Como ejemplo, el caso de Andalucía, que aboga por limitar a los propietarios la explotación de pisos turísticos hasta un máximo de dos inmuebles por provincia. Si quieren hacerlo con más, deberán o bien convertirse en autónomos, o bien constituirse como empresa gestora o ceder su uso a una empresa gestora.

Una medida que busca profesionalizar la gestión de las casi 106.000 viviendas de uso turístico que hay en Andalucía, la mayoría en Málaga, donde figuran unas 60.000. Le siguen Cádiz, con 15.539, y Sevilla, con 9.070.

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Pero también está el caso de Comunidad Valenciana, donde la figura de empresa gestora existe desde el año 1993 y además, subraya Sotillos, en ese territorio "se prohíbe expresamente alquilar habitaciones".

"Es algo que se contrapone con la modificación de Nueva York, porque la normativa valenciana establece que el establecimiento que alquila una habitación para corta estancia se llama pensión", comenta.

Un modelo de turismo arraigado

Si cada comunidad tiene su solución regulatoria, lo que haría extremadamente complicado esta aplicación estadounidense o incluso introduciría desigualdades si algunos territorios lo hicieran, hay que tener también en cuenta otros factores. Por ejemplo, cómo se entiende en España el alquiler de vivienda turística. 

Se trata de una cuestión clave, y que hace imposible para Sotillos imaginar que en nuestro país se obligue a compartir la vivienda turística con el propietario.

"Se rompe la privacidad. Rompen el hecho turístico. Tú quieres alquilar un piso, no compartir con nadie", zanja. 

La clave es saber responder al acertijo: ¿Qué vino antes, el huevo o la gallina? "Airbnb empezó porque gente compartía una habitación y eso devino en que alquilaban apartamentos. Lo que se dice en Nueva York a Airbnb es 'vuelve a tus orígenes'. Eso no es lo mismo que pasa en España, donde siempre ha habido alquiler de viviendas para vacaciones, es que ya lo había en los años 60", explica.

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Es decir, en España existe una arraigada costumbre de alquilar un apartamento entero, una forma de entender la renta de vivienda turística, implantada mucho antes del nacimiento de Airbnb. 

La revolución que ésta y otras plataformas trajeron al mercado español no fue por tanto la de hacer "florecer" el alquiler turístico, incide Sotillos, sino "facilitar que el cliente se ponga en contacto con el propietario o gestor" y dejara de hacerlo a través de anuncios colgados en los balcones. O preguntando al portero.