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Empleo Hoy

Las personas que cobren el paro no tendrán que presentar la Declaración de la Renta este año

El SEPE dicta una instrucción para que presentar la declaración o no hacerlo no tenga consecuencias a efecto de tramitación de prestaciones. 

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Más cambios de cara a la Declaración de Renta que se avecina en los próximos meses. Finalmente, las personas que hayan cobrado una prestación o subsidio de desempleo durante 2024 no estarán obligados a presentar la declaración de IRPF este 2025.

Se trata de una de las medidas recogidas en la reforma del subsidio de desempleo que entró en vigor el año pasado, y que entrañó una importante polémica. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo ha decidido aplazar su aplicación. 

"El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha emitido una instrucción sobre la aplicación de la obligación de presentar la declaración el IRPF por las personas solicitantes y beneficiarias de prestación por desempleo", explican fuentes del Ministerio de Trabajo. 

"Dado que esta obligación tributaria se aplicaría en el ejercicio de 2025, teniendo en cuenta que la norma ha entrado en vigor el 1 de noviembre de 2024, y, por tanto, durante los diez primeros meses del actual ejercicio fiscal no habría existido la obligación, no procederá exigir en 2025 la presentación del IRPF de 2024", añaden desde el departamento que dirige Yolanda Díaz. 

"Por tanto, presentar la declaración de la renta o no hacerlo no tendrá consecuencias a efecto de tramitación de prestaciones". Es decir, que implicará sanciones o dejar de cobrar la prestación o subsidio que corresponda. Eso ocurrirá ya en 2026. 

Condiciones

De esta forma, hasta el próximo año, los parados que perciban la prestación, como cualquier asalariado, no estarán obligados a presentar la declaración si no tienen ingresos superiores a los 22.000 euros anuales o por encima de los 15.000 euros si tienen dos o más pagadores y uno de ellos le ha abonado más de 1.500 euros anuales.

Como en años anteriores, los que sí estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta son los autónomos, independientemente de sus ingresos, y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

En esta Campaña se ha elevado la obligación de declarar, independientemente del número de pagadores, si perciben rentas del trabajo inferiores a 15.876 euros, en paralelo a la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) de 2024.

Otra importante novedad afecta a la reducción por rendimientos del trabajo, que beneficia a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros. En esta declaración, la reducción fiscal máxima pasa a 7.302 euros (en 2023 fue de 6.498 euros).