Mercadona y Puleva ganan la batalla de la horchata: la bebida "fresca y natural" que seguirá a la venta en los 'super'
La Audiencia de Valencia rechaza definitivamente la demanda de una fábrica valenciana que denunció la venta de horchata de bote como fresca.
1 mayo, 2023 02:34La guerra judicial por comercializar horchata fresca y saludable en bote llega a su fin. Mercadona y Puleva han ganado finalmente la batalla abierta en los tribunales después de que la Audiencia de Valencia haya desestimado el último recurso que presentó la empresa Món Orxata SL, con sede en Alboraia (Valencia), por publicidad engañosa y competencia desleal.
El tribunal ha concluido que el producto que comercializan Mercadona y Puleva es conceptuado como "natural", de modo que "una publicidad que resalta ese concepto (natural) no reúne, en principio, las características para ser considerado como publicidad ilícita". Además, reitera que es "incierto, como se ha dicho, que las horchatas pasteurizadas no puedan considerarse igualmente como naturales".
"Siendo ambas naturales, en este caso (la natural y la natural pasteurizada) no apreciamos, desde este punto de vista, la pretendida publicidad ilícita, ni siquiera en la utilización del término natural que, reglamentariamente, les es aplicado", razona la Audiencia.
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Y, en cuanto al término fresca, añade la resolución, "aunque admitiéramos, a los solos efectos dialécticos, su asimilación a natural, que no, tampoco es un término que venga vinculado a la demandante, en la definición del producto, de modo que no puede reputarse ilícita su utilización".
La Audiencia aclara que, con las pruebas aportadas, no puede valorar "cuál de las horchatas tiene mayor o menor cantidad de determinados componentes y en qué proporción".
Solo puede ponderar "si las afirmaciones genéricas de que ambas clases de horchata son saludables y con nutrientes básicamente similares", si bien las de Mercadona y Puleva, al ser pasteurizadas, "tienen una menor proporción de almidón".
La conclusión es que no se desprende "la ilicitud de la publicidad llevada a cabo en el ámbito que le es propio", pues los productos de ambas compañías solo resaltan "sus propias virtudes, y no en detrimento de la actora".
"Por tanto, nos hemos limitado a valorar si, en efecto, los mismos nutrientes y componentes (con la excepción dicha) aparecen en ambas clases de productos y, con ello, concluimos que no se ha incurrido en publicidad ilícita", estima la resolución, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia.
La sentencia, notificada en diciembre y desconocida hasta ahora, cierra definitivamente un conflicto judicial que ha durado años. Mercadona y Puleva podrán seguir comercializando su horchata de bote como hasta ahora, con el reclamo de fresca y natural. A Món Orxata solo le quedaría ahora la vía de los tribunales europeos.
Los productos
La horchata valenciana es una de las bebidas más sanas y refrescantes que hay en el mercado. Su consumo se ha disparado en los últimos años y en países como Reino Unido se ha puesto de moda como bebida vegana. Posee propiedades digestivas muy saludables y es rica en minerales y vitaminas.
Món Orxata tiene su sede en la cuna valenciana de la horchata. Desde Alboraia, se dedica a la producción y venta no sedentaria (en la calle) de horchata natural fabricada artesanalmente. También dispone de un establecimiento abierto al público en Valencia.
Esta fábrica valenciana abrió la guerra de la horchata tras presentar una demanda en la que acusaba a las grandes distribuidoras y empresas productoras de competencia desleal por el empleo del término fresca para denominar la horchata de bote.
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En 2021, Món Orxata solicitó formalmente al juzgado que retirara la palabra fresca del etiquetado y que obligara a las compañías a colocar la mención "horchata pasteurizada" en la cara principal del envase o "en la zona más visible".
La empresa denunció que las campañas publicitarias de las empresas demandadas introducían el término fresca "para generar confusión y error en los consumidores sobre el origen del producto y su tratamiento, por asimilación de horchata natural, sin serlo".
La demanda se presentó contra Horchata Panach, Mercadona y Puleva. Panach, también con sede en Alboraia, fabrica y comercializa la horchata DO Xufa de Valencia "Xufatopía", en formatos de 250 ml.
El producto se pone a la venta a través de grandes superficies y supermercados. En la parte trasera del etiquetado se señala que "nuestros maestros horchateros preparan por la noche la horchata que se envasará a las 6 de la mañana para que llegue a tu tienda con la mayor frescura".
Por otro lado, Panach fabrica y envasa el mismo producto, sin la cobertura de la DO Xufa de Valencia, para la comercialización por la cadena de supermercados de Juan Roig de una horchata pasteurizada bajo la marca Hacendado. A su vez, Puleva distribuye bajo la marca "Chufi", una de las más reconocidas del mercado, y en la botella incluye la mención "¡fresca de nuestra horchatería!".
El juzgado Mercantil 3 de Valencia desestimó la demanda en primera instancia. La sentencia, si bien admitía que la horchata de Mon Orxata tiene mayor proporción de almidón que las de las demandadas, consideró que ello "no resulta subsumible en ninguno de los supuestos de competencia desleal".
El juzgado apuntó que las empresas "no comercializan el mismo tipo de producto, ni por los mismos canales de distribución, ni en condiciones comerciales similares".
"Y aunque se indique, en tales productos, que se trata de horchata fresca o artesanal, se añade la información de que es pasteurizada, de modo que no existe engaño alguno", añadió.
El recurso
Món Orxata recurrió y alegó que la sentencia "bendice la equivalencia en la composición entre una y otras horchatas porque la publicidad de Panach, que reputa desleal, lo que afirmaba es que tienen los mismos aportes vitamínicos y virtudes".
La primera sentencia estableció que Mercadona no era autora ni colaboradora de la supuesta publicidad engañosa porque es una mera distribuidora. Pero Món Orxata recurrió porque la compañía valenciana "es titular de la marca mediante la que se realiza el acto que se reputa desleal, perjudicando la posición de una de las partes influyendo en el mercado, aunque no haya competencia directa".
"En el producto de Mercadona se resalta el carácter de fresca de la horchata, desplazando su carácter pasteurizado", denunció. Sin embargo, el tribunal finalmente ha ratificado el criterio de la primera sentencia y también excluye a Mercadona del supuesto fraude en el etiquetado de su bebida.
Los tres magistrados que han revisado el caso relatan que "en el ámbito geográfico en que nos encontramos, la información que posee un consumidor medio es sustancialmente superior, en relación con la horchata, con la que puede tener un consumidor de otro lugar".
También "hemos de resaltar, por esa misma razón, que la cuestión subyacente (por su tratamiento y consumo mucho mayor) tiene superior trascendencia en nuestro entorno geográfico que en otros lugares de la geografía nacional, atendido que este producto es mayoritariamente de consumo local, y que este es particularmente intenso en los meses de verano, y desde tales parámetros ha de ser examinada la cuestión que se plantea".
Dicho ello, puntualizan, "un consumidor medio, razonablemente atento y perspicaz, entendemos que, en nuestra comunidad, diferencia, en principio, sin dificultad, qué es una horchata natural (sin aditivos, sin sujeción a proceso alguno más allá del prensado y extracción de jugos y mezcla con azúcar) y una horchata de venta en supermercados".
De hecho, a juicio de la Audiencia, "esta sería una primera diferencia, puesto que resulta extraño, para el consumidor medio así delimitado, que en los supermercados se venda horchata natural, salvo que el punto de venta esté separado, ubicado en espacio diferenciado y no dentro del propio establecimiento, como un producto más a la venta".
"Es pertinente utilizar la expresión horchata natural pasteurizada en sus etiquetas, pero ello no excluye que puedan añadir la mención de fresca en el sentido ya expresado", destaca el tribunal. Món Orxata ha sido condenada al pago de las costas.