Un abogado irá a la cárcel por quedarse con 148.000 € de una mujer que acabó pidiendo limosna
El Tribunal Supremo ratifica la condena, que incluye la inhabilitación del letrado para ejercer y una indemnización por daños morales.
5 abril, 2023 15:56La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la pena a cinco años de prisión impuesta a un abogado de Gijón por apropiarse de 148.850 euros de un matrimonio de clientes, a los que dejó en tal situación de penuria económica que la mujer, de 57 años, tuvo que acudir a Cáritas y a pedir dinero a las iglesias.
El alto tribunal ha ratificado la condena dictada, primero, por la Audiencia Provincial de Oviedo y después por el Tribunal Superior de Asturias, que también impusieron al letrado la inhabilitación para ejercer la profesión durante cinco años, además de restituir el dinero a la pareja e indemnizarles con 5.000 euros por daños morales.
El caso arranca en 2010, cuando la mujer acudió al bufete de José María Méndez Menéndez, en Gijón, para encargarle la tramitación del cobro de la pensión de incapacidad permanente de su marido tras sufrir, a los 60 años, una parada cardio-respiratoria mientras estaba trabajando, lo que le generó una grave discapacidad. El abogado se ocupó también de tramitar la indemnización a cargo de las compañías aseguradoras.
La gestión del letrado fue exitosa. El Instituto Nacional de la Seguridad Social reconoció al marido la prestación de incapacidad permanente en el grado de gran invalidez por un importe de 2.847 euros mensuales y una entidad aseguradora efectuó dos transferencias a la cuenta del matrimonio por importes de 40.000 y 45.000 euros.
La pareja se trasladó a vivir a Valladolid, ya que tenían familiares en esta ciudad, y el abogado se ocupó de buscar una residencia para él y un piso de alquiler para ella. Entonces José María Méndez Menéndez aconsejó a la mujer que le otorgara un poder para que pudiera seguir realizando gestiones, reclamaciones y cobros pendientes en relación con las aseguradoras.
Confiando en el abogado, la mujer le otorgó un poder amplísimo, que incluía la facultad de ingresar o retirar fondos y realizar transferencias desde sus cuentas.
De acuerdo con los hechos probados, José María Méndez Menéndez, "sabedor del importante incremento en los ingresos del matrimonio (...), de forma constante y sostenida durante años procedió a abusar del poder otorgado de buena fe por la mujer y comenzó -cinco días después de ser otorgado- a hacer un uso indebido de éste en su beneficio exclusivo".
Las notables cantidades de dinero ingresadas en la cuenta bancaria que el matrimonio tenía "fueron desapareciendo de la misma con importantes y numerosas
disposiciones en efectivo que José María Méndez realizaba en Gijón, hasta el punto de quedar en números rojos algunos meses" a partir de enero de 2014.
El matrimonio acabó sufriendo "una penuria económica que llevó a la mujer a pedir limosna en la puerta de una iglesia, ya que en repetidas ocasiones acudía en Valladolid a sacar el dinero del banco para cubrir sus modestas necesidades y no lo podía hacer por no existir metálico".
La mujer declaró durante el juicio que cuando necesitaba dinero lo sacaba del banco por ventanilla y que en algunas ocasiones en el banco le dijeron que no había dinero "porque lo habían sacado en Gijón". Cuando quedó sin fondos "fui a Cáritas y a pedir limosna a las iglesias", explicó.
Esta situación cesó cuando una persona que encontró a la mujer pidiendo dinero en la iglesia se interesó por ella "porque no parecía una indigente". La llevó a su abogada y ésta puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía en junio de 2017.
"Completamente consciente"
En ese momento José María Méndez dejó de hacer uso del poder, que había estado utilizando durante años "pese a ser completamente consciente de que se estaba
aprovechando de la confianza en él depositada por la mujer para la realización de pequeñas gestiones, relativas exclusivamente a pago de impuestos y gestión de alquiler del piso y residencia, y conocedor de que la misma, en algunos momentos pasaba penurias económicas", ya que ella le llamaba pidiendo explicaciones. También sabía que el dinero del que se apropiaba "estaba destinado a cubrir las necesidades de una persona con una gran discapacidad y de su esposa, persona de muy bajo nivel intelectual, sugestionable y muy vulnerable".
El Tribunal Supremo ha rebajado de 180.906 euros a 148.850 la cantidad de la que se apropió el letrado al apreciar la corrección de algunos gastos que gestionó pero, en todo lo demás, ha mantenido la condena.
Dada la entidad de la pena de prisión impuesta (próxima al máximo legal, que son seis años de cárcel), la ejecución de la misma no puede ser suspendida, por lo que el letrado tendrá que ingresar en prisión.