La Sala Penal de la Audiencia Nacional ha revocado la decisión del juez instructor del caso Púnica, Manuel García-Castellón, de prorrogar hasta el próximo enero la pieza 8 del caso Púnica, una de las partes más relevantes de la investigación de la trama de corrupción presuntamente montada en torno a Francisco Granados, exconsejero del Gobierno regional de Madrid en la época de Esperanza Aguirre y el exsecretario general del PP de Madrid.
La Sala ha estimado el recurso de apelación interpuesto por uno de los investigados, el empresario César Sánchez, y ha considerado injustificada la ampliación del tiempo de instrucción acordada por García-Castellón el pasado 29 de julio.
Ello significa que la investigación, comenzada en 2014, debe considerarse ya cerrada. Aunque se puede incorporar al procedimiento el resultado de las diligencias acordadas antes de esa fecha, no será válida ninguna de las que se hayan decidido con posterioridad.
La pieza 8 del caso Púnica se refiere a las irregularidades detectadas en la gestión de suelo público en la Comunidad de Madrid por la empresa regional Arpegio y a adjudicaciones de infraestructuras a través de Mintra (Madrid Infraestructuras del Transporte).
Los investigadores sospechan que ambas vías fueron la principal fuente del presunto enriquecimiento ilícito de Francisco Granados, bajo cuyo control como consejero de Presidencia estuvo Arpegio y del que, como consejero de Transportes con anterioridad, dependía Mintra. Granados está en libertad provisional bajo fianza de 400.000 euros desde el 14 de junio de 2017, tras dos años y medio de prisión preventiva.
En esta pieza están siendo investigados, entre otros, los empresarios Javier López Madrid y José Luis Ulibarri; Adolfo Fernández Maestre, que fue responsable de las licitaciones de fondos del Plan Regional de Inversiones de Madrid (Prisma), gestionados por Arpegio; Miguel Ángel Ruiz López, exviceconsejero; o Francisco Esquivias, exsecretario de Arpegio.
Entre otras adjudicaciones, se investiga la prolongación de la línea 10 del Metro de Madrid a Metro Sur, el tramo A del Metro Norte y el Metro Ligero desde Colonia Jardín a Boadilla del Monte.
Seis meses más
El 29 de julio, el juez instructor decidió ampliar por seis meses más la investigación, hasta el próximo 29 de enero.
García-Castellón argumentó que "restan por practicar una serie de diligencias de investigación, de cuyo resultado podría derivarse la necesidad de nuevas diligencias".
Aludía a que faltaba "completar los trabajos periciales de los peritos del Ministerio de Fomento, no se han concluido los trabajos del expurgo de los datos e informaciones del investigado Javier López Madrid y han de finalizarse los trabajos periciales de los auxilios de la Agencia Tributaria. Tampoco se ha confeccionado el informe pericial sobre la adjudicación e incidencias en la ejecución del contrato para la construcción del Centro Cultural de Bustarviejo".
El instructor se refería también a la necesidad de la prórroga "en atención a posibles circunstancias sobrevenidas y a la práctica de futuras nuevas diligencias que fuera conveniente llevar a cabo".
Nada de eso será posible. En una resolución irrecurrible y dictada en contra del criterio de las fiscales del caso, la Sala revoca la prórroga recordando que lleva meses avisando de que la instrucción debía acabar.
"Insuficiente argumentación"
La resolución, con ponencia de la magistrada Teresa Palacios, critica por "insuficiente" la argumentación del auto del instructor.
"La explicación que se da en la resolución de 29 de julio pasado alude, como
atinadamente se alega en el recurso, a que se han de completar, concluir y confeccionar diligencias que no están culminadas. Tales términos empleados en justificación de la prórroga del plazo de instrucción lo que revela es que, a falta de que se completen las diligencias que se encuentran en aquella situación, la instrucción se ha de dar por finiquitada, sin perjuicio de quedar a merced de que se ultimen, dado que venían acordadas con anterioridad a la fecha de 29 de julio pasado", explica el tribunal.
En cuanto a las "posibles circunstancias sobrevenidas", la Sala indica que "parece claro que lo posible no ha acontecido, con lo que no entra en juego, descartándose por ende dicho abstracto y potencial futurible como razón de peso para la prórroga de la instrucción".
A su juicio, "tampoco es sólido argumento la previsión que se anticipa de práctica de
nuevas diligencias, que se aventura también como potencial y futurible, toda vez que
al socaire de esa nuevamente abstracta determinación sería harto difícil dar por
concluida la instrucción en momento alguno".