Por qué los padres no y las madres sí: la baja de paternidad no permite eludir la mesa electoral

Por qué los padres no y las madres sí: la baja de paternidad no permite eludir la mesa electoral iStock

Política

Padres no, madres sí: la baja de paternidad no es un motivo para evitar la mesa electoral

Comienza la cuenta atrás para las elecciones generales del 23 de julio ¿Sabes si las bajas de maternidad y paternidad cuentan para no acudir a la mesa electoral? Consulta todos los requisitos.

28 junio, 2023 13:09

Las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo han propiciado el adelanto de las elecciones generales de España para el 23 de julio de 2023. Esta fecha coincide con las vacaciones de verano de muchos ciudadanos que temen ser elegidos para acudir a la mesa electoral.

Por este motivo, la Junta Electoral Central permite eximir de la mesa electoral a las personas que hubieran contratado un viaje antes de la convocatoria de los comicios por el perjuicio económico que pudiera ocasionar. Las notificaciones oficiales de los presidentes, vocales o suplentes que resulten elegidos en los sorteos de la mesa electoral comenzarán a llegar antes del 23-J.

Los seleccionados tienen que acudir al colegio electoral a las 08:00 horas, una hora antes de la apertura de puertas. Si la persona que ha sido elegida no se presenta y no envía justificación para no acudir, puede enfrentarse a una multa o pena de prisión de entre 3 meses a un año. Por ello, muchos españoles se preguntan si estar de baja por maternidad o paternidad es un pretexto para no acudir. A continuación, recordamos cuáles son los requisitos que permiten evitar acudir al colegio electoral.

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¿Cuáles son los requisitos para evitar la mesa electoral?

Las personas que han sido elegidas por sorteo para ser parte de la mesa electoral, podrán librarse siempre y cuando tengan una causa justificada acorde a las establecidas por la normativa.

De esta forma, tienen que presentar su renuncia en un plazo de siete días, recibiendo respuesta por parte de la Junta Electoral en los siguientes cinco días. Para poder renunciar a la presencia en una mesa electoral es necesario cumplir con alguna de las siguientes causas justificadas:

  • Las embarazadas de más de 6 meses.
  • Aquellas que tienen riesgo durante el embarazo en los 6 primeros meses.
  • Mujeres en periodo de lactancia hasta que el bebé cumpla 9 meses.
  • Quienes se encuentran de baja maternal.
  • Quienes se encuentran de baja paternal.
  • El presidente de la Mesa que no cuenta con las titulaciones necesarias de Bachiller o Formación Profesional de segundo grado o el graduado escolar.
  • Aquellos que no saben escribir ni leer.
  • Quienes tienen más de 65 años.
  • Haber formado parte de la Mesa en al menos tres ocasiones en los últimos 10 años.
  • Aquellos que tienen discapacidad.
  • Quienes cobran una pensión por gran invalidez.
  • Quienes están de baja laboral.
  • Las personas que tengan una lesión o enfermedad que no les permita ejercer las funciones en la Mesa Electoral.
  • Las monjas o monjes de clausura, los médicos, los enfermos psiquiátricos, los presos, los policías, los directores y jefes de los medios de comunicación y los bomberos.
  • Los profesionales que tienen que asistir a eventos públicos el mismo día de la votación.
  • Los ciudadanos que tienen un evento familiar importante el mismo día de las elecciones que no se pueda aplazar y siempre y cuando el miembro de la Mesa Electoral encabece ese evento o tenga una relación de parentesco con el protagonista (sea su hermano, abuelo o nieto).
  • Quienes tengan que aportar sus servicios a las juntas electorales, juzgados y administraciones públicas durante el día de la votación
  • Las víctimas de delito con orden de alejamiento
  • Quienes tengan que realizar operaciones o pruebas clínicas durante el día de las elecciones
  • Los ciudadanos que hayan cambiado de residencia habitual a otra Comunidad Autónoma
  • Aquellos que tengan que cuidar de menores de 8 años o de personas con discapacidad física, psicológica o sensorial
  • Quienes necesiten cuidar de un familiar de hasta el segundo grado de consanguinidad por motivos de edad, enfermedad o accidente.

Hay varias circunstancias y situaciones en las que los ciudadanos se pueden librar de formar parte de la mesa electoral. Entre ellas, destacan motivos por causas personales, causas familiares y causas profesionales.

Todas estas situaciones deben ser debidamente acreditadas y deben considerarse causas justificadas que permitirán a aquellas personas que cumplan con las mismas, liberarse de la obligación de integrar la mesa electoral.

Diferencias entre la baja maternal y paternal: ¿puedo evitar la mesa electoral?

La llegada de los comicios en España ha propiciado que muchos padres y madres se pregunten si pueden eximirse de su cargo en el caso de tener una baja por paternidad y baja por maternidad. 

El apartado dos de la Instrucción 1/2018, de 14 de marzo, de la Junta Electoral, determina las causas relativas a la situación personal de la persona seleccionada. Así, la ley establece que una mujer embarazada se podrá librar de acudir a la mesa electoral.

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Para ello, debe contar con una "gestación a partir de los seis meses de embarazo y el período correspondiente de descanso maternal subsidiado o no por la Seguridad Social".

En este caso, la madre tiene que adjuntar un certificado médico o, en el caso del período de descanso por maternidad subsidiado, "una copia del escrito de su reconocimiento". Sin embargo, la Instrucción, que ha sido modificada tres veces, no contempla este mismo beneficio para los padres que están de baja por paternidad

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Otro de los motivos por los que una madre podría renunciar a su participación sería por estar "durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses".

Mientras tanto, el padre que quiera cuidar de su hijo u ocuparse de la lactancia artificial no podrá hacerlo porque sí está obligado a acudir a los colegios electorales. Solo podrá librarse de la mesa electoral si está a cargo de menores de 14 años, situación en la que también se contempla a la madre.