La mayor parte de los ciudadanos de España, que han decidido participar en las elecciones autonómicas y municipales de 2023 en nuestro país, tienen el objetivo de que su voto tenga un efecto en el resultado final de este proceso electoral y, que, por tanto, se contabilice.
Sin embargo, existen una serie de condiciones que hay que cumplir para que nuestro voto sea considerado como válido y no sea anulado, tanto en el caso de tratarse de una votación presencial como por correo.
En concreto, seguro que muchos votantes de España ya conocen cuáles son las condiciones para que, cuando acudan de forma presencial a las urnas, el próximo 28 de mayo, su voto se haga efectivo. No obstante, existe otra situación que puede que algunos ciudadanos españoles no conozcan y es que el voto por correo también puede ser nulo, sino se siguen una serie de normas.
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A continuación, te contamos cuáles son las recomendaciones para que nuestro voto llegue a buen término, en el que caso de que elijamos el votar por correo.
El voto por correo crece cada año
El voto por correo es una de las opciones para votar que está creciendo más y logrando que, cada año, más votantes se unan a esta fórmula de votación. El motivo es que las apretadas agendas de la vida actual hacen que sea mejor prevenir, en el caso de que no vayamos a estar el día de las elecciones municipales y autonómicas de España, de forma presencial.
En gran parte de los casos, los ciudadanos de España eligen el voto por correo, porque o bien trabajan en el extranjero o en otra comunidad autónoma, que no se corresponde con la que se encuentran empadronados.
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Además, otras de las situaciones que se pueden dar en el día de la convocatoria electoral, el 28 de mayo de 2023, es que algunos votantes se encuentren de vacaciones, por lo que, en ese momento, no estén en España o en la comunidad autónoma, en la que tienen que votar.
En estas circunstancias, la mejor opción es elegir el voto por correo y pedirlo con antelación. En concreto, los ciudadanos españoles que hayan decidido votar por correo, ya tenían que haber solicitado este y, además, ya tienen que haber recibido la documentación necesaria para poder enviar su voto.
¿Por qué puede ser anulado el voto por correo?
El voto por correo es una gran oportunidad para elegir a los representantes de las elecciones municipales y autonómicas de España en 2023, en el caso de que los votantes no se encuentren, el 28 de mayo, de forma presencial, en su localidad o comunidad autónoma.
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Sin embargo, hay que tener en cuenta que existen un par de errores que pueden dar lugar a que nuestro voto por correo sea anulado, si no realizamos todo este trámite de forma correcta.
Uno de los motivos que puede causar que el voto por correo no se haga efectivo es que la persona que va a votar no compruebe antes dónde está empadronado y, por tanto, que la documentación para votar se envíe a una provincia errónea.
Otra de las causas que pueden dar lugar a que el voto por correo, finalmente, no se contabilice es que el ciudadano rellena la nacionalidad en el formulario, aunque sea español. Como esta casilla sólo está destinada a ser rellenada por las personas que sean extranjeras, si se cumple el caso anterior, el voto será nulo.
Los errores más comunes en la votación por correo
Algunos de los errores más comunes, que pueden tener como resultado la anulación del voto, son, por ejemplo, ir a votar de forma presencial el día de las elecciones, es decir, el 28 de mayo, cuando ya se ha pedido el voto por correo con anterioridad.
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De igual forma, otro de los fallos que se repiten es votar a más candidatos al senado de los que corresponden, no introducir en el sobre el certificado de inscripción en el censo electoral, así como echar en el buzón de correo el sobre con tus papeletas electorales.
Sin duda, otra de las causas que pueden dar lugar a que el voto por correo no se contabilice es que se envíe esta votación fuera del plazo establecido. De igual forma, otro fallo es que no se consiga enviar la papeleta electoral por correo porque se acuda a las oficinas el último día, y el usuario se encuentre con una cola que no le permita ejercer el voto a tiempo.
Hasta el 24 de mayo para enviar el voto
Los ciudadanos de España que quieran votar por correo deben de tener en cuenta que ya han tenido que seguir con antelación una serie de pasos y, que si no han cumplido con estos plazos, ya no les será posible votar.
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En concreto, se trata de que los votantes que han elegido la opción por correo ya habrán tenido que solicitar esta opción desde hace tiempo atrás, además de que ya han debido de recibir la documentación para poder ejercer el voto por correo.
Por tanto, en la circunstancia de no contar ya con la documentación que tienen que enviar, no podrán votar por correo. No obstante, en el caso de que hayan seguido todos los pasos de forma correcta, todavía están a tiempo, ya que pueden enviar su voto por correo hasta el 24 de mayo, inclusive.