El Tribunal General de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado este viernes la petición que le formuló Carles Puigdemont tras su detención en Italia para que se le devolviera su inmunidad como eurodiputado. No obstante, el auto deja claro que la euroorden contra el expresidente catalán seguirá suspendida en toda la UE hasta que la justicia europea se pronuncie sobre la consulta formulada por el juez Pablo Llarena sobre la actuación de Bélgica en este caso. El TJUE contradice así la posición de Llarena, que sostenía que la euroorden sí estaba vigente.
Puigdemont fue detenido en el aeropuerto de Alguer (Italia) el pasado 23 de septiembre en cumplimiento de la orden de detención europea dirigida contra él. Las autoridades judiciales italianas le dejaron después en libertad sin medidas cautelares. Pero el eurodiputado de Junts (y también Toni Comín y Clara Ponsatí) reclamó entonces al TJUE medidas cautelares para evitar volver a ser detenido a la espera de que la justicia europea se pronuncie sobre el fondo del asunto: si la decisión de la Eurocámara de levantarles la inmunidad es o no legal.
En el auto dictado este viernes, el vicepresidente del Tribunal General, el griego Savvas Papasavvas, desestima esta demanda de medidas provisionales. Es la segunda vez que la justicia europea rechaza una petición de cautelares del expresidente catalán sobre su inmunidad.
El motivo que alega el TJUE es que las medidas provisionales no están justificadas dado que "el proceso penal de que se trata está suspendido hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie sobre la petición de decisión prejudicial y precisa que esta suspensión se deriva directamente del planteamiento de dicha petición y no necesita una decisión específica del Tribunal Supremo al respecto".
El TJUE añade que "el órgano jurisdiccional español (es decir, el juez Llarena) estaba por lo demás al corriente de ese efecto suspensivo". Y subraya además que "dado que dicha petición versa sobre la ejecución de las órdenes de detención europeas emitidas en el marco del proceso penal de que se trata, la suspensión de ese proceso lleva aparejada necesariamente la suspensión de la ejecución de las citadas órdenes".
En su petición de medidas cautelares, Puigdemont y sus exconsellers fugados en Bélgica alegaron que "a pesar de todo, pueden ser detenidos, o sufrir una restricción de su libertad de circulación, o incluso ser extraditados y metidos en prisión en España, de modo que están expuestos al riesgo de un perjuicio grave e irreparable". Algo que demuestra, en su opinón, la detención del expresidente catalán en Italia.
El vicepresidente del TJUE admite que "determinadas circunstancias evocadas por los diputados sustentan la posibilidad de que algunas autoridades nacionales no hayan extraído todas las consecuencias que conlleva el planteamiento de la petición de decisión prejudicial, en particular las relativas a la suspensión del proceso penal de que se trata y de la ejecución de las órdenes de detención europeas".
No obstante, el auto subraya que "la detención de los diputados no constituye, por sí sola, un perjuicio grave e irreparable". "Para ello, debería menoscabar el derecho de los diputados a ejercer libremente su mandato parlamentario y el buen funcionamiento del Parlamento", prosigue el texto.
"Ahora bien, los diputados siguen gozando de inmunidad en sus desplazamientos al lugar de reunión del Parlamento, de modo que sigue siendo hipotético el perjuicio grave e irreparable ocasionado por una detención", insiste el TJUE.
A juicio del vicepresidente, lo ocurrido en Italia con Puigdemont (puesta en libertad al día siguiente basada expresamente en las consideraciones que figuran en el primer auto de medidas provisionales y suspensión del procedimiento de ejecución de la orden de detención europea) confirma que ningún Estado miembro tiene intención de ejecutar las euroórdenes hasta que se pronuncie el TJUE.
"Por tanto, dichos diputados no corren el riesgo de ser entregados a las autoridades españolas en esta fase. Por lo demás y en cualquier caso, en virtud del principio de cooperación leal, las autoridades nacionales deben tener en cuenta la suspensión del proceso penal y de la ejecución de las órdenes de detención europeas dirigidas contra los diputados", concluye el auto.
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