Este 20 de mayo, la Unión Europea ha puesto en vigor la normativa que amplía y endurece las penas por delitos contra el entorno. Aprobada el pasado noviembre, esta actualiza la lista de infracciones como parte del esfuerzo del bloque comunitario por combatir la delincuencia medioambiental, que a día de hoy es la cuarta actividad delictiva del mundo y una de las mayores fuentes de ingresos del crimen organizado.
El comisario europeo de Medioambiente, Virginijus Sinkevicius, destacó que la Directiva sobre Delitos Ambientales introducirá nuevas categorías de delitos, pasando estas de 9 a 20 y abordando asuntos como el reciclaje ilegal de barcos, la extracción de agua, o el comercio ilegal de madera. En un plazo de dos años, los Estados miembros deberán adaptar sus leyes nacionales a estas disposiciones y endurecer las penas para las infracciones que provoquen un daño significativo al entorno.
Las penas vendrán determinadas por la duración, la gravedad y la reversibilidad de los daños. Establece una cláusula para los delitos cualificados que se aplicará cuando un delito contemplado en la Directiva se cometa de forma intencionada y provoque la destrucción del medio ambiente o un daño irreversible o duradero al mismo. Podrán castigarse con ocho años de prisión; 10 para los que provoquen la muerte de una persona (con la posibilidad de que los Estados establezcan penas más severas en sus ordenamientos jurídicos) y los demás con hasta cinco años de cárcel.
Asimismo, la nueva norma prevé sanciones tanto para personas físicas como jurídicas, que deberán restaurar el entorno dañado, ofrecer compensaciones y, en el caso de las empresas, enfrentarse a multas de hasta el 3% o 5% de su facturación mundial anual, o, alternativamente, 24 o 40 millones de euros según sea o no el delito de mayor gravedad.
La comisaria europea de Valores y Transparencia, Vera Jourova, resaltó la importancia de cumplir con las obligaciones ambientales para proteger los ecosistemas vitales para nuestra supervivencia. Se enfatizó que el incumplimiento de estas normas constituye un comportamiento criminal que pone en peligro la salud y el medio ambiente, siendo equiparable a otros delitos graves.
A pesar de no incluir el concepto de "ecocidio" solicitado por el Parlamento Europeo, la directiva contempla el delito cualificado, que abarca incendios forestales a gran escala, contaminación generalizada del aire, el agua y del suelo, y los equipara a la destrucción de un ecosistema. También destaca el papel de los defensores del medio ambiente en los procedimientos penales, y garantiza el acceso a recursos y formación para los profesionales que combaten estas actividades.
Conjuntamente, la normativa de Delitos Ambientales se complementa con el nuevo reglamento comunitario de Traslados de Residuos, que también entra en vigor este lunes. La normativa establece reglas más estrictas para la exportación de residuos a países fuera de la UE, que han aumentado un 72% desde 2004, llegando a 35 millones de toneladas en 2023.
La Comisión Europea señaló que este es uno de los delitos ambientales más graves en la actualidad, causa daños al entorno y perjudica a empresas legítimas. En este sentido, a partir de mayo de 2027, las exportaciones de residuos de la UE a países no pertenecientes a la OCDE solo se permitirán si estos países informan de su disposición a importar residuos y demuestran su capacidad para gestionar los residuos de manera sostenible.
Como se resalta en el propio texto, "el aumento de los delitos medioambientales y sus efectos es motivo de preocupación continuada en la Unión. Estos se extienden cada vez en mayor medida más allá de las fronteras de los Estados miembros en los que se cometen. Suponen una amenaza para el medio ambiente y, por lo tanto, necesitan una respuesta adecuada y eficaz, lo que, a menudo, exige una cooperación transfronteriza efectiva".