La Ley de Bienestar Animal, aprobada el pasado mes de agosto de 2022, supone una serie de cambios con respecto a las mascotas, concretamente, existen unas normas nuevas en torno a la cría de animales, así como con respecto a los animales que se pueden tener en casa y animales que actualmente estarían prohibidos como mascotas. ¿Conoces la lista de animales que ya no se pueden tener en el hogar?
[Estas son las principales novedades de la Ley de Derechos Animales]
Las mascotas prohibidas por la Ley del Bienestar Animal
Cabe destacar que en 2013 se incluyeron en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras los mapaches, cotorras argentinas, tortugas peninsulares o coatíes, como animales prohibidos en el hogar.
Sin embargo, recientemente, la nueva Ley del Bienestar Animal ha ampliado la lista de aquellos animales que ya no son considerados como mascotas, que son los siguientes:
- Aves: cotorras, agapornis, periquitos y especies de otros países.
- Reptiles exóticos: serpientes, iguanas, lagartos, camaleones o geckos.
- Roedores: conejos, cobayas, chinchillas, ratones y hámsteres.
- Cerdos vietnamitas. Son especies muy abandonadas, por lo que podría haber una superpoblación.
- Tortugas. Son especies vulnerables y en libertad compiten por la supervivencia con otras especies autóctonas.
- Erizos. Representan un peligro para las especies autóctonas.
- Arañas. Resultan peligrosas, puesto que pueden portar enfermedades muy peligrosas para los seres humanos.
La inclusión de estos animales en la lista tiene que ver con que se trata de unas especies cuyas necesidades ecológicas, etológicas y fisiológicas no son fáciles de atender.
Además, también cabe destacar que algunos animales pueden desarrollar conductas agresivas, pueden resultar venenosas o incluso pueden afectar al ecosistema. Esto quiere decir que, si estos animales se escapan del hogar, realmente pueden representar un peligro y provocar daños graves, motivo por el que se prohíbe su tenencia.
En caso de incumplir esta nueva ley, el Código Penal incluirá una serie de condenas, que son las siguientes:
- Penas de cárcel de entre 18 y 24 meses si el animal muere.
- Penas de cárcel de hasta 36 meses si se da más de un agravante.
- Inhabilitación de entre cinco y diez años para vivir o trabajar con animales.
Con respecto a las infracciones más leves, habrá sanciones de entre 500 y 10.000 euros; las graves de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves partirán de 50.001 hasta 200.000 euros.