Si te conviertes en uno de los agraciados este próximo Sorteo de la Lotería de Navidad y consigues uno de los premios, puede que te surjan algunas dudas. Por ejemplo, ¿cómo, cuándo y dónde cobro el décimo premiado?
Aunque el plazo es bastante extenso, conviene hacerlo cuanto antes para evitar que se nos pase la fecha. Para cobrar un décimo de la Lotería de Navidad tienes tres meses, y empieza a contar a partir de las seis de la tarde del mismo día del sorteo. ¡Descubre todos los detalles a continuación!
¿Dónde se cobran los premios de Lotería?
Para saber dónde cobrar los premios de la Lotería de Navidad debemos tener en cuenta la cuantía del importe. Si el premio es inferior a 2.000 euros, puedes reclamarlo en cualquier administración de Loterías solo con presentar el décimo agraciado. En cambio, si el premio es igual o superior a 2.000 euros, solo podrás cobrarlo en los bancos autorizados por Loterías y Apuestas del Estado.
El pago se hará de inmediato a través de un cheque o mediante transferencia bancaria a tu número de cuenta. Sin embargo, debes tener claro que ninguna entidad está obligada a la apertura de una nueva cuenta bancaria para recibir el premio.
Desde Loterías y Apuestas del Estado se incide en que las entidades financieras asociadas no pueden hacer efectivo el pago del importe sin toda la documentación necesaria para la identificación del propietario del décimo. Por último, estas entidades financieras no deben cobrar ningún recargo ni comisión al realizar el pago de ningún premio.
¿Cuándo se puede cobrar la Lotería de Navidad?
Como dijimos al comienzo del artículo, los décimos premiados de la Lotería de Navidad pueden cobrarse desde el mismo día del sortero. Es decir, el mismo 22 de diciembre a partir de las seis de la tarde y hasta el día 23 de marzo podrás solicitar el importe de tu premio. Pasado este plazo, el décimo caducará y el premio se quedará sin cobrar.
¿Cómo se cobran las participaciones?
En el caso de que el premio sea compartido por varias personas y sea superior a 2.000 euros, será obligatorio que todos los participantes acudan al banco y se identifiquen para poder cobrarlo.
Si el grupo fuese demasiado numeroso, siempre se puede escoger a un portavoz encargado de realizar las gestiones en nombre de todos. Eso sí, tendréis que hacer un apoderamiento ante notario para que no haya problemas.
Una novedad este año es que, debido a la crisis por el coronavirus, se ha subido el límite para la exención del pago de impuestos a Hacienda. Antes era de 20.000 euros, mientras que este año el límite será de 40.000 euros.
¿Cuánto se queda Hacienda de cada premio?
Como hemos comentado, los premios del Sorteo de la Lotería de Navidad pagarán menos impuestos este año 2020. El importe límite para estar exento de tributar este año es de 40.000 euros, según se estableció en 2018 en los Presupuestos Generales del Estado. No obstante, por encima de esa cantidad, el gravamen sigue siendo del 20%.
De este modo, solo tendrán la obligación de tributar el primer premio o 'El Gordo', el segundo y el tercer premio. Después de dicha tributación, si tu premio de la Lotería de Navidad es superior a 40.000 euros, el importe a recibir será el siguiente:
- Para el Gordo de Navidad o primer premio, se tributará solo por 360.000 euros. Sobre esta cantidad se aplicará el 20%, de manera que el premio a recibir será de 328.000 euros, pues Hacienda se quedará con 72.000 euros.
- El segundo premio son 125.000 euros al décimo. Por lo tanto, se gravarán 85.000 euros de los cuales 7.000 se destinarán a Hacienda y los 108.000 euros restantes al agraciado.
- Para el tercer premio corresponden 50.000 euros, de los cuales 2.000 se destinarán a Hacienda y 48.000 euros al afortunado.
- Con el cuarto premio recibiremos 20.000 euros íntegros por décimo.
- El quinto premio recibirá 6.000 euros por décimo y también estarán exentos de pagar tributos.
- Para el resto de las aproximaciones y reintegros tampoco tendrás que pagar nada a Hacienda.
Para conocer si has resultado agraciado con algún premio el próximo 22 de diciembre, puedes consultar el verificador de premios de 'EL ESPAÑOL' o seguir en directo la página del Sorteo de la Lotería de Navidad.
¿Cómo se declara el premio a Hacienda?
Si has sido uno de los premiados en el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, no tendrás que preocuparte sobre cómo declarar ese dinero. Y es que, cuando vayas a cobrar tu premio, siempre que sea superior a 40.000 euros, Hacienda se quedará con su parte de manera automática.
En cambio, si el dinero se utiliza para reinvertir, los rendimientos de dicha inversión sí deberán tributarse a Hacienda a través del impuesto de patrimonio o en forma de intereses bancarios.
Además, los premios de la Lotería de Navidad no se incluyen en la base imponible del IRPF, por lo que no tendrás que pagar más en tu declaración anual. Tampoco afectarán a la hora de solicitar y recibir ayudas públicas, como becas o prestaciones sociales.
En el supuesto de que el premio sea compartido, podría jugar un papel importante el impuesto de donaciones y sucesiones, que tendría que pagarlo quien reciba el premio y es distinto según cada comunidad autónoma. Para ahorrarte todo esto, conviene informar en la administración de que el premio es compartido cuando vayas a recogerlo.
Por último, en caso de que el cobro se realice a través del banco, también se recomienda que se identifique a los ganadores desde el principio. Primero, porque la entidad estará obligada a comunicarlo a la Agencia Tributaria. Y segundo, porque si lo cobra solo una persona y lo reparte, Hacienda lo interpretará como una donación y las arcas públicas se verán premiadas por partida doble. ¡Mucha suerte!
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