El TSJCyL ha confirmado la absolución de un hombre acusado de agredir sexualmente a su pareja, desestimando así el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid.
En dicha sentencia queda recogido que no se han podido acreditar los hechos denunciados, los cuales se remontan al pasado 18 de octubre de 2020.
La presunta víctima denunció al acusado, con el que mantenía una relación sentimental e incluso convivía en Valladolid, por haber mantenido relaciones sexuales con ella pese a su oposición, según ella, "llegando a agredirla para conseguir su propósito" y tras una fuerte discusión en la que el acusado llegó a romper el cristal de una puerta.
El hombre ya fue absuelto en primera instancia de los delitos de los que se le acusaban, concretamente, por no haber "resultado acreditado que, dicho día, ni en horas de la mañana ni de la tarde, el acusado mantuviera relaciones sexuales con la denunciante con oposición de ésta", lo que ha dejado sin efecto las medidas cautelares acordadas en la causa.
Según consta en la sentencia, la versión de la denunciante estuvo "carente de cualquier indicio periférico o complementario que la dotara de la suficiente credibilidad". Además, los magistrados han afirmado "que la declaración de la víctima, en juicio oral, no presenta ni coherencia, ni precisión, ni verosimilitud" y han destacado las "reiteradas imprecisiones y contradicciones de su testimonio".
Además, los médicos forenses que le realizaron el examen práctico, le atribuyeron "una personalidad paranoide, con trastornos puntuales psicóticos".