Imagen de archivo de la sede del TSJCyL

Imagen de archivo de la sede del TSJCyL Ricardo Ordóñez ICAL

León

El TSJCyL ordena repetir el juicio contra un expresidente de asociaciones para personas con discapacidad de León

Ha estimado parcialmente el recurso de la demandante y ha devuelto la causa a la Audiencia en la parte del presunto delito contra el derecho de los trabajadores.

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La Audiencia Provincial de León deberá repetir el juicio contra el expresidente de dos asociaciones de personas con discapacidad que había sido acusado de un presunto delito contra el derecho de los trabajadores.

Así lo se refleja la resolución del recurso en segunda instancia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), que ha ordenado devolver la causa tras estimarlo parcialmente.

En la sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCyL se ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, dictaminando la anulación de la absolución por el presunto delito contra los derechos de los trabajadores y ordenando la repetición del juicio en primera instancia.

Por otro lado, ha desestimado la parte del recurso que hacía referencia a un segundo presunto delito de acoso sexual en el ámbito laboral, dado que la sala entiende que el comportamiento no fue "gravemente intimidatorio".

El expresidente de estas asociaciones fue absuelto de sendos delitos después de quedar acreditado, en la sentencia de primera instancia, en su apartado de hechos probados que el acusado había exigido a los trabajadores parte del sueldo que recibían bajo el pretexto de que era "necesario para la viabilidad" de las organizaciones.

De esta manera, habitualmente, los trabajadores debían "devolver" las cantidades que excedían los 600 euros en el caso de los trabajadores contratados a media jornada y de 1.200 los que estaban a jornada completa. Una condición a la que los empleados accedían con el pensamiento que de no hacerlo no serían renovados.

Tras la sentencia favorable por parte de la Audiencia Provincial, el TSJCyL considera ahora que no se tuvo en cuenta la situación de la denunciante a la hora de acceder a las peticiones económicas que el expresidente le planteaba a partir de las nóminas de la trabajadora.

La relación laboral duró unos tres años, tras los que su contrato no fue renovado. Mientras tanto, la denunciante había hecho entrega del dinero siempre que excedía de los 600 euros cuando estaba a media jornada y los 1.200 a jornada completa.

Una cuantía que era entregada en un sobre y en metálico a uno de los trabajadores de confianza del expresidente. Ahora, la repetición del juicio acarreará la posibilidad que se reabran las demandas del resto de trabajadores que se vieron afectados por esta práctica.