Nueva victoria de la CNMC en los Tribunales. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNPF) contra la Resolución de la CNMC en la que se multaba con 250.000 euros a la Liga por impedir a Mediaset acceder a los estadios de fútbol durante tres jornadas de liga.
En concreto, la LFP prohibió a las cámaras del grupo Mediaset (Telecinco y Cuatro) acceder a los recintos deportivos durante las jornadas del campeonato nacional de Primera División número 24ª (celebrada los días 24, 25 y 26 de febrero) y 25ª (del 28 de febrero, 1 y 2 de marzo), y la 27ª del campeonato de Segunda División.
Dicha prohibición sólo alcanzó a la toma de imágenes del terreno de juego sin perjudicar la grabación en la sala de prensa y en la zona mixta. Aun así, la LFP infringió la Resolución de la CNMC de enero de 2016 sobre la limitación de acceso a los estadios y que interpreta el artículo 19.3 de la LGCA.
En este sentido, la CNMC obligaba a la LFP a garantizar a los servicios de comunicación audiovisual (independientemente de que éstos no tuvieran la exclusividad de los derechos) el acceso a los espacios en los que se celebran acontecimientos de interés general para la sociedad en las zonas autorizadas.