Caso Sala: la Audiencia de Alicante rechaza la recusación del magistrado del nuevo juicio
Dice que "no existe causa objetiva" para que José María Merlos no pueda enjuiciar los hechos pese a haber intervendo en la instrucción de la causa.
20 octubre, 2022 18:04La Audiencia de Alicante ha desestimado el escrito de recusación planteado frente al magistrado José María Merlos, designado para presidir la repetición del juicio por el crimen de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM).
En un auto notificado este miércoles a las partes, la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, a la que por turno le correspondió dirimir sobre la recusación, considera que no existe causa objetiva que impida que el magistrado Merlos pueda enjuiciar los hechos, pese a haber intervenido en dos trámites previos, durante la fase de instrucción de la causa.
[La recusación al magistrado que debe repetir el caso Sala se resolverá en Elche]
Ese es el fundamento esencial en el que se basaba el escrito de recusación formulado por la defensa del único acusado, Miguel López, yerno de la víctima, que resultó absuelto por un jurado popular.
Sin embargo, la sentencia de su absolución quedó anulada por el Tribunal Supremo (TS) tras el recurso presentado por la acusación particular, ejercida por el hijo primogénito de la asesinada, Vicente Sala Martínez.
El alto tribunal concluyó que, en el primer juicio, se dañaron los derechos de la acusación particular y de la Fiscalía cuando la magistrada que presidió su celebración acordó devolver el acta del primer veredicto alcanzado por el jurado, al considerarla incompleta, sin celebrar una audiencia previa con las partes para que expresasen su acuerdo o desacuerdo.
Además, en su resolución, el TS apuntaba que la magistrada también debía haber celebrado una segunda audiencia con los miembros del jurado para explicarles los motivos de la devolución del veredicto.
De igual modo, añadía la existencia de otro defecto de procedimiento desde el momento en el que se produjo la destrucción del acta de ese primer veredicto, "con la consiguiente imposibilidad de conocer cuáles eran los déficits de motivación o si estos se referían a un veredicto de condena que no había valorado suficientemente la prueba de descargo".
Veredicto de no culpable
Tras esa devolución del acta, el jurado emitió un segundo veredicto -que sí se consideró valido- en el que se declaraba a López no culpable del asesinato de su suegra y se atribuía la autoría de los disparos a un sujeto de identidad desconocida.
A partir de ahora, será el tribunal del jurado de la Audiencia, junto con el magistrado Merlos, quien determine el posible calendario para la celebración del nuevo juicio, salvo que la defensa de López pueda presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) y que se acuerde la suspensión del nuevo procesamiento hasta que ese recurso quede resuelto.
María del Carmen Martínez murió la tarde del 9 de diciembre de 2016 a la edad de 72 años tras recibir dos impactos de bala en la cabeza a corta distancia cuando iba a retirar su vehículo del lavadero de un concesionario, propiedad entonces de la familia y que administraba Miguel López, marido de la hija menor de la víctima.