El TSJ deniega las medidas cautelares para paralizar la vacunación en colegios de la Comunidad Valenciana
Un padre había solicitado detener la campaña por el escaso margen de tiempo para autorizar las dosis y por llevarla a cabo en centros escolares.
15 diciembre, 2021 16:58Noticias relacionadas
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha decidido rechazar las medidas cautelarísimas solicitadas por un padre de la región para suspender la vacunación en centros escolares que ha comenzado este mismo miércoles, con los niños entre 5 y 11 años como población diana.
El recurso en cuestión se había interpuesto por la vía especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ, y se presentaba contra el escrito denominado Vacunación Covid-19 en población infantil de 5 a 11 años remitido este lunes por la Conselleria de Educación a los padres de alumnos escolarizados en la región.
Este documento daba un plazo de 24 horas a los tutores legales para entregar un formulario para que se pueda inocular la dosis a los menores. El demandante opina que esa petición supone "vulneración de los derechos fundamentales de intimidad, derecho a la vida, derecho a la protección de la salud, así como una flagrante vulneración de la Ley del menor y la infancia así como de la normativa de protección de datos".
Sin embargo, el TSJ considera que procede denegar la medida cautelar que se insta "sin perjuicio de lo que pueda decidirse con caracter definitivo en el incidente cautelar de acuerdo con la previsión del artículo 135.1 a de la LJCA". El motivo es que el acuerdo pormenoriza "los beneficiarios de la vacunación, prevé reacciones adversas y efectos secundarios y como proceder ante esta eventualidad, el lugar de la vacunación (centros educativos) y prevé también -aspecto fundamental- que en todo caso la autorización de padres, madres, tutores legales para llevarla a efecto, sin que se pueda vacunar a falta de dicha autorización".
"Existe un cuestionario de autorización para emplearlo y un modelo de autorización, así como un escrito dirigido a los directores de los centros educativos", agregan desde el alto tribunal autonómico, por lo que entienden que la vía elegida por el demandante (la de la protección de los derechis fundamentales) no se ha dado porque exige "una actuación desproporcionada de la Administración para apreciarla".
"Una grave temeridad"
El recurso presentado ante el TSJ subraya que solo se ha dado un día de plazo a los padres para una decisión "muy importante", que la vacunación se realizará en el propio centro educativo (en principio sin presencia de los padres, aunque posteriormente el Consell ha admitido que pueda haber un familiar junto al menor) y sin elementos sanitarios ante posibles efectos adversos, lo que considera "una grave temeridad".
Asimismo, el texto considera que "los datos que se solicitan son de carácter estrictamente personal". Y sin que se haya comunicado "ningún protocolo para poder tener el archivo y custodia correcta de esos datos según la normativa de protección de datos, debiendo comunicar si se desea o no vacunar al menor".
Además suspender de manera cautelarísima el acto administrativo, el demandante también pide que se cite a declarar al presidente de la Generalitat, Ximo Puig, a la consellera de Sanidad, Ana Barceló, y al conseller de Educación, Vicent Marzà.