La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense, en aplicación de la LO 10/22 (conocida como ley del ‘solo sí es sí’), ha rebajado en un año la condena de 13 años y ocho meses de cárcel impuesta a un condenado por abusar de forma continuada de una menor de 11 años.
El tribunal explica en el auto, contra el que cabe presentar recurso, que la entrada en vigor de la nueva ley "hace necesario revisar aquellas sentencias firmes en que, como consecuencia de dicha reforma, la pena pudiera resultar ahora más beneficiosa para el reo". Estas revisiones ya se han efectuado en múltiples ocasiones desde que se aprobó la norma.
En este caso, según la resolución, con la anterior legislación "la pena a imponer se encontraba en la horquilla de 12 a 15 años de prisión, y se impuso en su grado superior por tratarse de delito continuado (de trece años y seis meses a quince años)".
Con la nueva ley, según el auto, "la pena correspondiente sería de 10 a 15 años y, al tratarse de un delito continuado con el mismo parámetro valoratorio propio de la pena a revisar impuesta en su día, la nueva sería la de 12 años y 8 meses de prisión".