
La jubilación activa aumenta la capacidad económica de los jubilados.
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: “A partir de este día puedes cobrar el 100% de la pensión aunque trabajes"
La jubilación activa consiste en extender la vida laboral a cambio de empezar a cobrar la prestación por jubilación.
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En España hay 6,4 millones de jubilados que cobran la prestación de jubilación, según el régimen de la Seguridad Social. No obstante, con el progresivo retiro de la generación del baby boom esta cifra va a aumentar.
El Gobierno, consciente de la deuda pública astronómica del país, está tratando de encontrar fórmulas de seguir sufragando las pensiones de jubilación al mismo tiempo que se reduce el déficit de la hucha de las pensiones.
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, ha explicado en su cuenta de YouTube la nueva normativa -que ha entrado en vigor el 1 de abril- aprobada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en noviembre de 2024.
Jubilación activa
En la introducción del vídeo, el experimentado funcionario define en qué consiste el concepto de jubilación activa: "Se entiende como la posibilidad de compatibilizar el percibo de parte de la pensión con la realización de un trabajo ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena", aclara.
Además, explica que la novedad del nuevo Real Decreto-ley es que, a partir de ahora, no va a ser necesario haber cotizado el mínimo de años exigible para acceder a la jubilación activa. El funcionario, por lo tanto, expresa que "desde el 1 de abril puedes cobrar el 100% de la pensión aunque sigas trabajando si cumples ciertos requisitos".
En este sentido, Muñoz detalla los requisitos que se deben cumplir para ser beneficiario del 100% de la prestación. "La nueva normativa va a establecer que, cada año que el pensionista continúe con la actividad, irá aumentando el porcentaje de jubilación que puede cobrar. En el primer año, un 45%, un 75% entre el primer y el tercer año y, a partir del quinto año, un 100% de la pensión", ha afirmado.
Con la ley anterior solamente se podía recibir el 50% de la jubilación a partir del primer año de demora, pero la nueva ley elimina este obstáculo para incentivar la extensión de la carrera laboral.
A partir de ahora, una vez que se alcance la edad de jubilación -65 años si se han cotizado 38 años y 3 meses, o 66 años y 8 meses si no se ha alcanzado esa cotización- "se puede llegar a cobrar la prestación por jubilación a la vez que se trabaja", recuerda el trabajador público.
En contrapartida, a pesar de seguir trabajando durante los primeros años de jubilación, no se puede aplicar ningún complemento multiplicador a la pensión reconocida. Eso sí, una vez que cesa totalmente la actividad, la pensión se actualiza en función de las eventuales subidas anuales de las pensiones que haya podido haber o por complementos por mínimos.