Con la Navidad a la vuelta de la esquina, es habitual que uno de los regalos estrellas sea dinero en metálico "y así ya te compras tú lo que quieras", que dirían las abuelas. Lo que no es tan común es tener conocimiento de que todas estas cantidades con las que nos obsequian tendríamos que declararlas ante Hacienda. Así lo ha afirmado un joven abogado en TikTok, animándonos a dar cuenta a la Agencia Tributaria de todas estas operaciones para no tener problemas.
Andrés Millán, más conocido como @lawtips en TikTok ―donde tiene más de 2,4 millones de seguidores―, es un joven gallego con menos de 30 años que comparte consejos de este tipo en las redes sociales después de haber estudiado un doble grado de Derecho y ADE en la Universidad de Vigo. En uno de sus últimos vídeos se desdobla para mantener un diálogo y explicar a través de este recurso qué hacer con esos 50 euros "que me regaló mi abuela estas Navidades".
"Tienes que declararlos y por supuesto pagar impuestos por ello", afirma Millán, haciéndose eco de que Hacienda acaba de recordar de cara a estas fechas "que tienes que declarar el dinero que te regalen" y no hay una cantidad mínima estipulada: "Que te den dinero es un acto de liberalidad por el que una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, como si es de 1 euro, da igual la cuantía", asegura el experto, reconociendo que "es muy poco probable que te lo reclamen, pero podría pasar".
De hecho, concluye que "Hacienda tiene 4 años para poder reclamártelo y cuanto más movimientos sospechosos haya, más entradas de dinero, más probabilidades de que te investiguen" y por lo de ahora el vídeo cuenta ya con cerca de un millón de reproducciones en TikTok, donde además han dejado comentarios como "por eso las abuelas te lo dan a escondidas", "antes era 'no se lo digas a tu madre' y ahora será 'no se lo declares a Hacienda'", "no pienso hacerlo, ni cuenta se darán", "cuando declaren los políticos la cantidad que roban, lo haré" o "ahora entiendo por qué mi abuela me decía 'toma y que no se entere nadie'".
El Código Civil establece que un regalo monetario se entiende como "donación", un "acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta", de ahí que esté sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La cuantía depende de cada comunidad autónoma y se dispone de un mes para dar cuenta desde el recibo del dinero, aunque la Agencia Tributaria tiene cuatro años para reclamar su pago. Eso sí, normalmente, no hay reclamaciones de este tipo.