Un vecino de Carmona, en Sevilla, tendrá que pagar 885 euros a una protectora de animales que cuidó y curó a su perro cuando lo encontró vagando por una carretera de la zona. Aunque el hombre alegó que había pedido al Ayuntamiento "renegar" del animal, el juez entiende que debe afrontar los gastos.
Así lo indica una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número tres de la citada localidad sevillana en la que se recoge que esos 885 euros cubren los gastos de cuidado, curación e intereses sobre los tratamientos que se le aplicaron al animal.
El juez estima así parcialmente la demanda de la protectora, La sonrisa animal (Lasa), que presentó las facturas de los gastos de cuidado del perro, al que encontraron vagando por una carretera y recogieron.
El animal, señalaron en su escrito, estaba "en situación de abandono y mal estado físico". Por eso lo rescataron y cuidaron, extremo que justificaron con las facturas de cada procedimiento.
Al encontrar que el perro tenía un chip con los datos del dueño legítimo, la sociedad demandó al mismo para reclamarle los gastos. Los citados 885 euros. Pero éste señaló que había iniciado un procedimiento ante el Ayuntamiento de Carmona "donde manifestaba su voluntad de renegar del animal, el cual data del 26 de septiembre de 2023".
El perro Niebla
Así, el juez estima que todos los datos previos a esa fecha deben ser responsabilidad del dueño legal hasta ese momento del animal, que se llama Niebla.
La resolución invoca así lo previsto en el artículo 333 bis.3 del Código Civil, en virtud del cual "los gastos destinados a la curación y al cuidado de un animal herido o abandonado son recuperables por quien los haya pagado mediante el ejercicio de acción de repetición contra el propietario del animal o, en su caso, contra la persona a la que se le hubiera atribuido su cuidado en la medida en que hayan sido proporcionados y aun cuando hayan sido superiores al valor económico de éste".
Por eso, "acreditado que ha sido la actora la que se ha encargado de los cuidados del animal desde el 19 de febrero hasta el 28 de septiembre de 2023, fecha en la que se declaró oficialmente la situación de abandono del perro (al no constar probada la fecha de notificación de la resolución del Ayuntamiento de Carmona, procede estimar parcialmente la demanda", resuelve el juzgado.
Así, el juzgado condena al propietario del animal a abonar a la asociación animalista "los gastos generados por Niebla en el período indicado, los cuales ascienden a 885,13 euros, correspondientes a los gastos de veterinario y a la estancia de aquélla en una casa de mascotas, calculado cada día a razón de tres euros, como se indica en las facturas mencionadas", así como también los intereses devengados.