El servicio de Consumo de Andalucía ha multado a la aerolínea portuguesa TAP Air con 6.000 euros por haberle cancelado el vuelo de vuelta a un pasajero con la única justificación de que no había usado el billete de ida. Finalmente, la compañía le ha devuelto el importe y lo ha indemnizado con 250 euros.
La denuncia que ha dado lugar a esta resolución la interpuso Juan Antonio C.V., socio de Facua, quien se vio afectado por lo que la organización de consumidores ha tildado de "cláusulas abusivas" de la aerolínea.
Según una nota de prensa de Facua, el afectado se disponía a coger su vuelo dirección Lisboa-Sevilla cuando esto se le vio imposibilitado por "no haber tomado el trayecto de ida". Esto fue porque, según las condiciones de TAP Air, la compañía puede penalizar a un viajero que no avisa de que finalmente no cogerá un vuelo.
Como respuesta a la denuncia de la organización, la compañía portuguesa alegó que, siguiendo el punto 3.3.5 de sus condiciones, en caso de que "el pasajero no se presente a un vuelo sin haber avisado previamente" se podrá cancelar el billete de regreso o el de continuación del viaje. Aunque, finalmente, la empresa le ha devuelto el importe del billete al viajero y lo ha indemnizado con 250 euros.
Facua Sevilla puso una denuncia ante el Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía en la que pidió un expediente sancionador contra TAP Air por "vulnerar los derechos" del pasajero. Según la organización, la Junta ha multado a la compañía aérea con 10.000 euros, ya que considera cierto que al introducir "prácticas abusivas" está cometiendo una infracción grave.