La DGT quiere reducir la siniestralidad en las carreteras y mejorar la seguridad al volante. Es por ello que ha realizado cambios en las normas de circulación y se adapta a los nuevos tiempos con el endurecimiento de las multas y sanciones. Con la entrada en vigor de la nueva ley de Tráfico hay que tener en cuenta que muchas de las acciones que hacíamos hasta ahora, como adelantar superando en 20km/h la velocidad máxima, han cambiado. Sin embargo, existen otras muchas infracciones que ignoramos, como la que acarrea no echar gasolina.
La Dirección General de Tráfico vela por la seguridad de los conductores, y todo aquello que supone un peligro o distracción al volante, es sancionable. Hay hechos que por sí solos no suponen riesgo, pero pueden traer consigo graves consecuencias, tanto para el propio conductor como para los demás usuarios de la vía. Escuchar música es uno de ellos, no hay nada de malo pero si está demasiado alta, puede costarnos un disgusto.
Conducir requiere de atención y precaución a la vía y a todos los estímulos que podamos percibir de ella. Cantar a todo pulmón tu canción favorita, puede distraerte. Del mismo modo que llevar la música a todo volumen puede hacer que te pierdas sonidos importantes, como la sirena de una ambulancia. Conducir sin la diligencia necesaria que exige la carretera te costará 200 euros.
Además hay que tener en cuenta la limitación de ruido, que varía en función del horario y la ciudad en la que nos encontremos. La referencia mínima es de 87 decibelios (dB), y dependiendo de en cuanto se exceda el ruido, la multa será mayor o menor. En Madrid, superarlo en 4dB son 300 euros. Pero en función del ayuntamiento, las sanciones pueden llegar hasta los 3.000 euros.
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