Para poder conducir se necesita que todos nuestros sentidos y atención estén puestos en la carretera porque si no es así, resulta muy fácil tener un accidente al volante. Pero no solo eso se necesita para conducir, ya que tampoco podemos hacerlo si no tenemos un buen estado físico/mental y psicológico, es decir, si tenemos algunas de las enfermedades que nos impida conducir, y esto la Dirección General de Tráfico (DGT) persigue.

Al igual que el organismo te multa por intentar engañar a los radares, o si no haces este trámite en tu carné, poseer alguna enfermedad y seguir conduciendo o renovarse el carnet puede acarrear una multa de 6.000 euros (o 200 euros para aquellas que personas que sí habían obtenido el carnet anteriormente, pero que no lo han podido renovar por la aparición de dicha dolencia, por lo que se han podido poner al volante con el carné caducado y no vigente).

Una de las pruebas básicas antes de la obtención del permiso de conducción es el reconocimiento médico, el cual consiste en un chequeo general para medir tu estado de salud y sobre todo para identificar si tienes alguna enfermedad que te impida conducir. Si el médico considera aquí que la persona no tiene un buen estado de salud físico y mental/psicológica o si tienen algunas de este listado de enfermedades que propone la DGT no pueden sacarse el carné ni conducir legalmente:

Psiquiátricas

-Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.

-Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.

-Ansiedad y Depresión.

-Trastorno del sueño.

-Trastorno obsesivo compulsivo.

-Trastorno del desarrollo intelectual.

-TDH.

-Abuso y dependencia del alcohol.

-Abuso y dependencia de drogas.

Oncológicas

-Dolencias oncológicas: se podrá renovar la licencia entre 1 y 5 años si no existen dolencias.

-Trastornos oncohematológicos: sin dolencias graves durante, mínimo tres meses, se puede renovar hasta un año.



Digestivas



-Trasplante renal: se puede renovar el permiso si han pasado más de seis meses desde la intervención.

-Nefropatía con diálisis: un informe favorable emitido por los médicos puede dar vigencia entre 1 a 10 años.



Vasculares



-Aneurisma de grandes vasos: solo se podrá renovar entre 1 y 10 años si no hay riesgo de rotura de vasos.

-Disección: renovación entre 1 y 2 años si pasan seis meses desde la operación quirúrgica.



Crónicas y degenerativas

-Alzheimer.

-Esclerosis lateral amiotrófica.

-Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.

-Temblor esencial.

-Esclerosis múltiple.

-Distrofia muscular.

-Osteoporosis.

-Párkinson.

-Artritis reumatoide.



Endocrinas



-Hipotiroidismo y paratiroides: solo podrá renovarse el carnet entre 1 y 10 años con informe favorable.

-Diabetes mellitus insulinodependiente: tras informe favorable, la renovación puede ser entre 1 y 5 años.



Cardiacas



-Arritmias: la pérdida de atención inhabilita para la conducción.

-Infarto agudo de miocardio: debe transcurrir mínimo tres meses desde el suceso para poder renovar la licencia.

-Portadores de prótesis valvulares: mismo caso que con el infarto.

-Portadores de marcapasos: hasta tres años de vigencia una vez haya pasado un mes desde la colocación y haya informe favorable.

-Portadores de desfibrilador automático: como el caso anterior.



Respiratorias



-Apneas de sueño: solo se podrá ampliar el carnet durante 3 años bajo esta dolencia y existe un informe favorable del médico.

-Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: Sin posibilidad de renovar.



Neurológicas



-Accidente isquémico transitorio: se puede ampliar un año la licencia si hay un informe favorable.

-Crisis o pérdida de conciencia: imposibilidad de renovar si se ha dado en el último año.

-Epilepsia: si es la primera vez que ocurre o más de un año sin episodios, un informe favorable podrá dar vigencia al carné entre 1 y 10 años.

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