Muchos conductores circulan por el carril izquierdo de manera habitual para evitar el tráfico o para circular a más velocidad que el resto de vehículos. Pues bien, según la Dirección General de Tráfico (DGT), se estaría tratando del "síndrome del carril izquierdo". En este caso va dirigido para aquellas personas que utilizan dicho lado de la calzada de manera prolongada e indebida, y cuidado, que actuar de esta manera supone una gran pérdida de dinero de hasta 200 euros y la retracción de 4 puntos del carnet.
Siempre se tiene que circular por el carril derecho, el izquierdo es solo para adelantar, cambiar de dirección o cambiar de sentido. Una vez realizada estas acciones se debe regresar al carril principal. Así lo recoge el artículo 15 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: “Como norma general y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, el vehículo circulará en todas las vías objeto de esta ley por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, manteniendo la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad”.
Por ello, conducir de manera prolongada por el carril izquierdo está considerado una infracción grave y acarrea una multa de 200 euros y 4 puntos del carnet. La DGT lo ha recordado a los conductores a través de sus rede sociales.
La campaña "Conducir Encarrilado" que lanzó la DGT meses atrás, explicaba la importancia de cerciorarse sobre los carriles que debemos y vamos a utilizar y respetar en todo momento las marcas viales. Varias de las razones por las que hay que conducir por el carril derecho son: se debe circular por el carril más próximo a la derecha y utilizar el resto solo para adelantar, se consigue así una circulación más fluida y en ningún caso debe utilizarse este carril para adelantar al resto de conductores.
Adelantar por la derecha
El Reglamento de Circulación establece tres supuestos casos en los que se puede utilizar el carril derecho para adelantar, fuera de estos está totalmente prohibido. De lo contrario la multa que implicaría sería de 200 euros y 4 puntos, igual que circular por el carril izquierdo de manera prolongada.
— Dentro de la ciudad, ya que se circula por el carril que mejor le convenga a cada uno para su circulación.
— Cuando un vehículo se dispone a girar a la izquierda y ocupa el carril correspondiente para realizar la maniobra.
— En las retenciones y atascos, ya que no está considerado adelantamiento.
El Reglamento también establece que en los carriles de aceleración o desaceleración, así como aquellos carriles destinados a ciertos vehículos en concreto, no se considera adelantamiento el hecho de que se avance más rápido por aquellos carriles que por los normales.
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