El incumplimiento de la máxima si bebes, no conduzcas estará especialmente vigilado esta semana. En este sentido, la Dirección General de Tráfico (DGT) retoma del 2 al 8 de agosto la campaña de control de consumo de alcohol y/o drogas durante la conducción con motivo del incremento de desplazamientos con motivo de la época estival, tras la Operación Especial 1º de Agosto, y al detectar más de 700 conductores positivos en las pruebas en la campaña realizada el pasado mes de junio.
Por ello, Tráfico pondrá todos sus recursos, especialmente los citados controles, para detectar cualquier conducta que ponga en riesgo la seguridad de todos los usuarios de la vía. Pero, como se ha apuntado, pondrá especial interés en los controles de alcoholemia y de drogas. En ellos, dar positivo en alcohol y drogas puede suponer una multa de 1.000 euros y la detracción de hasta seis puntos para los infractores. Pero, si la tasa es muy alta, se puede incurrir en un delito penal sancionado con pena de prisión.
Y es que en 2020 en España, según se desprende de la Memoria de hallazgos toxicológicos en víctimas mortales de accidentes de tráfico, del total de 597 conductores fallecidos en accidente de tráfico y sometidos a autopsia y análisis toxicológico, 291 (48,7%) arrojaron resultados positivos a alcohol, drogas de abuso y/o psicofármacos, un 3,2% más que en 2019.
Por ese motivo, la DGT insiste en esta campaña que el pasado mes de junio controló a 27.798 conductores en carreteras de Andalucía, de las que 26.915 fueron pruebas de alcohol, que resultaron positivas en un 1,24%, un total de 333 conductores. De estas, 279 (83,7%) fueron detectados en controles preventivos, 30 (9%) tras haber cometido una infracción, 19 (5,7%) por estar implicado en un accidente y cinco (1,5%) por presentar síntomas evidentes de ingesta de esta sustancia.
883 pruebas de drogas
En cuanto a las drogas, de las 883 pruebas de detección de drogas que se realizaron a conductores, 370 fueron positivas en los test indiciarios, lo que supone el 41,9% del total. De ellos, 323 fueron detectados en controles preventivos (87,3%), 34 tras haber cometido una infracción (9,2%) y 13 por estar implicado en un accidente (3,5%). Como viene siendo habitual, entre las drogas más consumidas están el cannabis (287 casos), la cocaína (128 casos) y las anfetaminas (41 casos).
Del 2 al 8 de agosto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil intensificarán los controles sobre este factor de riesgo, para lo que se establecerán diferentes puntos de control en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día, con el objetivo de evitar que personas que hayan ingerido alcohol o hayan consumido drogas circulen por las carreteras.
Teniendo en cuenta que la incidencia del consumo de alcohol y drogas en zona urbana, fundamentalmente durante los fines de semana y en determinados lugares de ocio, actúa como reclamo para los conductores más jóvenes, además de una mayor existencia de peatones, la DGT contará con la participación de ayuntamientos para contribuir a reforzar el impacto de la campaña.
Grandes multas
La DGT, de hecho, usará toda la normativa legal posible para sancionar la peligrosa conducta de conducir bajos los efectos del alcohol y las drogas, ya que se ponen en riesgo muchas vidas —tanto del que da positivo, como de otros usuarios del coche y resto de conductores de las carreteras—. Así, la Ley de Seguridad Vial fija la tasa máxima de alcohol en sangre en 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado para los conductores generales.
Para los conductores profesionales y los noveles la tasa es menor. Concretamente de 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado. Exceder cualquiera de estos límites será motivo de sanción, pero, cabe destacar que en función de la gravedad, la multa —o la pena si es delito— será mayor o menor.
Si el conductor da positivo y en su prueba obtiene un resultado entre 0,25 mg/l y 0,5 mg/l en aire espirado, la multa será de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos de carné. Pero, si el usuario da entre 0,5 mg/l y 0,6 mg/l en aire espirado, la sanción será de 1.000 euros y la detracción de seis puntos.
Pero, ojo, todo queda registrado en la base de datos de la DGT. Si se detecta que el conductor es reincidente la multa será de 1.000 euros. Y, en función de la tasa de alcohol obtenida en el control, se sustraen de cuatro a seis puntos en el permiso de conducir. El positivo en drogas, por su parte, siempre se sancionará con una multa de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos de carné.
Penas de prisión
Pero, ¿qué ocurre con aquellos conductores que superen los 0,6 mg/l en aire espirado o el 1,2 g/l de alcohol en sangre? Pues, sencillamente, están cometiendo un delito. En este caso está tipificado en el capítulo IV del Título VIII del Código Penal, que establece las penas contra los delitos cometidos contra la seguridad vial.
Así, exceder los 0,6 mg/l en aire espirado puede suponer una pena de cárcel de tres a seis meses; una multa de seis a doce meses o entre 30 y 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad. En cualquier caso, se le privaría al conductor de su derecho a conducir de uno a cuatro años en función de la gravedad del delito.
Con el caso de las drogas sería similar. “Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas” se castiga con una pena de prisión de tres a seis meses; una multa de seis a doce meses o entre 30 y 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad. El carné de conducir quedaría inhabilitado, nuevamente, de uno a cuatro años.
Cabe destacar, además, que también es delito negarse a que los agentes de tráfico le sometan a las pruebas de detección de alcohol o drogas. La pena, según en el Código Penal, será de seis meses a un año de cárcel y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
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