Nuevo varapalo de la Justicia a la Dirección General de Tráfico (DGT). El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo estima la demanda por una multa impuesta por el helicóptero-radar Pegasus a un vehículo por "circular detrás de otro sin dejar espacio libre que le permita detenerse, sin colisionar, en caso de frenada brusca del que le precede". Así, el juez argumenta que las fotografías captadas por el vehículo aéreo no permiten concluir a qué distancia está un coche de otro.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el juez esgrime que "no queda acreditado no sólo la distancia que separa dos vehículos, sino también otras circunstancias de las que ni se habla ni se razona". Para el magistrado, la DGT aporta como prueba para emitir la sanción "sólo unas fotografías en las que no podemos identificar la distancia exacta y no nos consta ni la velocidad, ni las demás condiciones" del tráfico, por lo que no habría prueba que justifique la multa.
De esta manera, el titular del citado Juzgado de Toledo argumenta, por un lado, que "tiene que haber una distancia y quedar acreditada, siquiera de manera aproximada cuál es". Y, por otro, que "tienen que hacerse constar las circunstancias de la circulación con especial mención a velocidad, frenado y adherencia" para poder emitir la sanción.
Por estas razones, explican fuentes de la empresa Pyramid Consulting, "esta sentencia crea un precedente fundamental para futuras sanciones que vengan denunciadas directamente por el helicóptero-radar Pegasus. Además de tratarse de una multa importante que conllevaba la retirada de cuatro puntos y 200 euros".
Así, la asesoría jurídica experta en multas de tráfico y transportes destaca la importancia de esta sentencia estimatoria, ya que "el famoso radar aéreo de la DGT cada vez tiene mayor incidencia en el número total de multas", pues "Pegasus es una de las principales armas de la Dirección General de Tráfico (DGT) contra los infractores, ya que desde el aire goza de una vista privilegiada y es casi indetectable para la mayoría de los automovilistas".
20.000 infracciones
Con esta sentencia, se resuelve un expendiente de denuncia iniciado el 17 de diciembre de 2018 por el cual la DGT multaba a un conductor por no respetar la distancia obligatoria entre un vehículo y otro. Aquellos hechos sucedieron el el kilómetro 21 de de la A-42. Pero ahora, con el fallo, el juez ha argumentado que las fotos tomadas por el helicóptero Pegasus no acreditan de manera fehaciente la distancia entre los vehículos intervienientes en la acción.
Como se ha apuntado, esto puede suponer un gran precente, ya que los helicópteros de la DGT multan mucho en España. En 2018 —el año de la sanción de la sentencia—, los citados vehículos aéreos realizaron 3.370 horas de vuelo de vigilancia, controlaron a 67.400 vehículos y detectaron cerca de 20.000 infracciones. Entre las más frecuentes fueron los excesos de velocidad, pisar marcas longitudinales continuas y no mantener la distancia de seguridad entre vehículos.
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