Miguel vive en Madrid desde hace dos años y en este tiempo ha sido testigo de los cambios en materia de movilidad que ha tenido la capital. Sobre todo, con el nacimiento de Madrid Central, que le ha impedido circular con su coche por algunas arterias de la ciudad, como la Gran Vía. Este blindaje de Madrid Central ya le invitaba a usar menos su automóvil. Pero ahora, con la entrada en vigor de las medidas de restricción de aparcamiento para los vehículos más contaminantes, este periodista murciano ya no podrá aparcar en la mayoría de zonas de la capital.
A partir del 1 de enero de 2020 cambiará su vida y la de otros 42.000 conductores con vehículos sin distintivo ambiental. El motivo es que estas personas ya no podrán aparcar estos coches, considerados como los más contaminantes, en las plazas de las áreas de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) de Madrid -comúnmente conocidas como la zona azul o la zona verde-.
Según el Ayuntamiento de Madrid, “esta prohibición afecta exclusivamente a aquellos vehículos a los que no les corresponde etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico porque son diésel matriculados antes de 2006 o gasolina matriculados antes del año 2000. Esta nueva medida, recogida en la Ordenanza de Movilidad Sostenible actual, contempla una excepción: los propietarios de vehículos sin distintivo, también denominados A, únicamente podrán aparcar en aquellas plazas de servicio regulado del barrio donde estén empadronados”.
EL ESPAÑOL reproduce la carta íntegra que el Consistorio madrileño ha enviado a los conductores:
Estimado/a vecino/a:
Me dirijo a usted como responsable del Área de Medio Ambiente y Movilidad para informarle de que a partir del próximo 1 de enero de 2020 su vehículo con matrícula XXXXXXX no podrá estacionar en zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). Si dispone de autorización de residente SER, únicamente podrá aparcar en aquellas plazas del servicio regulado del barrio donde esté empadronado; no podrá hacerlo en ninguna de las plazas de los restantes barrios de la zona SER al no contar con el distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico.
Esta prohibición viene regulada en la Disposición Transitoria Primera, punto 3, de la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada el 5 de octubre de 2018.
El incumplimiento de este apartado de la ordenanza llevará aparejado la imposición de una sanción de 90 euros, 45 por pronto pago.
Este Ayuntamiento está comprometido con la directiva europea 2008/50/CE del 21 de mayo de 2008 que España, en su conjunto, lleva infringiendo reiteradamente desde 2010. Una de las medidas más eficaces para lograr este objetivo es limitar la circulación a los vehículos más contaminantes y promover la renovación de la flota del parque circulante.
Atentamente, el delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante.
Un residente aún puede aparcar en su barrio
Las personas empadronadas en la zona de Madrid Central no podrán invitar ya a los conductores que tengan vehículos sin etiqueta ambiental. Tampoco podrán estacionarlos en garajes particulares ni en aparcamientos públicos que se encuentren en esta zona. Los residentes, como en todos los barrios de Madrid, sí podrán seguir estacionando su vehículo -sin etiqueta ambiental- en la zona de su barrio próxima a su domicilio, pero sólo en la zona verde. Aun así, sólo podrán hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2024, fecha en la que los residentes de todos los barrios de la capital tampoco podrán estacionar sus coches sin distintivo.
Esta medida afectará a unos 42.000 vehículos, según el Ayuntamiento de Madrid. Los propietarios de estos vehículos sin la etiqueta ambiental de la DGT están recibiendo durante estas semanas la carta del consistorio, dirigido por el alcalde del PP José Luis Martínez Almeida, que les indica que el incumplimiento de la normativa -aprobada por la administración de Manuela Carmena en octubre de 2018- acarreará sanciones de 90€, que quedarán en 45 si se abona la multa con pronto pago. Asimismo, la misiva firmada por Borja Carabante, delegado de Medio Ambiente y Movilidad, también informa a los residentes que tengan vehículos sin etiqueta ambiental que necesitan la autorización de residente SER para poder aparcar en su barrio, al menos hasta 2024. Después, ni eso.
Afectados por la medida
Para Guillermo, la entrada en vigor de la disposición transitoria primera de la ordenanza, supone un cambio en su manera de moverse. Este entrenador de fútbol ya no podrá acceder con su Citroën Saxo de 1997 a la zona de SER situada dentro de la M-30. Por ello, desde hace unos cinco meses ha estado ahorrando "con esfuerzo" para comprarse una moto que le permita circular y aparcar dentro de la capital, según cuenta a este periódico. Y claro, su coche de gasolina, anterior al año 2000, ya no tiene derecho a que la DGT le dé la pegatina circular que acredita el nivel de emisiones que tiene. En consecuencia, sólo podrá usar su automóvil para ir a municipios como Móstoles o Rivas Vaciamadrid.
No obstante, los conductores con coches diésel tienen menos margen, ya que los matriculados antes de 2006 tampoco tienen derecho al distintivo ambiental. Es el caso de Lucía, quien sostiene que su Citroën C2 de 2001 ya no podrá aparcar en la zona SER, excepto en su barrio. Por ello, su familia ha decidido que ya no comprará más coches. Esto se debe a que los conductores de estos coches vetados ya no podrán aparcar en la zona donde residen. En el caso de Lucía, ella puede estacionar, de momento, en las inmediaciones de su domicilio, situado en el Barrio del Pilar.
Para 2024, Miguel, afectado por la medida al tener un Opel Astra diésel de 2004, espera haber adquirido otro coche que sí que pueda aparcar dentro de la M-30, "con la dificultad económica que conlleva". Entretanto, Miguel asegura a este medio que ahora sólo usará su vehículo cuando tenga ir a Murcia, lugar del que procede. Para moverse por Madrid usará transporte público o bien, las motos de alquiler que se han popularizado en los últimos años. El periodista ya no le ve sentido a haber traído su coche desde su ciudad natal, ya que no lo usa y siempre está aparcado.
Otros vehículos, de 2 y 3 ruedas, los destinados a transportar personas y a servicios esenciales -incluyendo los vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, Policía Municipal, Agentes de Movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria-, de momento, podrán seguir estacionando en la zona SER de la capital sin restricciones.