El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto al marroquí Hicham El Balloury de un delito contra la salud pública al que le había condenado previamente la Audiencia Provincial de Cádiz en una sentencia fechada en febrero de 2019. Aquel fallo condenó a El Balloury a cinco años de prisión y al pago de nueve millones de euros de multa por viajar en una lancha con 68 fardos de hachís que acabaron confiscados por la Guardia Civil. Pero ahora la justicia, tras pasar un año en la cárcel, da por acreditado que El Balloury no era un narco sino un simple inmigrante que había pagado 3.000 euros para que los traficantes lo trasladaran desde Marruecos hasta la Península a bordo de su embarcación.
En conversación con EL ESPAÑOL, Ricardo Álvarez Ossorio, abogado del inmigrante absuelto, explica que su cliente siempre defendió su inocencia y que por esa razón tanto el letrado como el propio acusado se negaron a llegar a cualquier tipo de acuerdo con la Fiscalía "por beneficioso que pudiera ser en apariencia". EL TSJA ha aplicado el principio in dubio pro reo -en caso de duda, ha de prevalecer la presunción de inocencia- para absolver a El Balloury.
La pesadilla de este inmigrante marroquí comenzó a las cinco de la madrugada del 7 de mayo de 2018, cuando la Guardia Civil del puesto de Facinas, en Tarifa (Cádiz), detuvo a tres de los cuatro hombres que horas antes habían sido avistados a bordo de una embarcación procedente de aguas marroquís. La ‘goma’, de seis metros de eslora y provista de dos motores, iba cargada con 68 fardos de hachís. En total, 2.038 kilos de ‘chocolate’.
Pero, según confesaron luego los tres detenidos, uno de ellos no buscaba ganar dinero con la droga. Hicham El Balloury contó que era un inmigrante que había pagado 3.000 euros a una banda de traficantes para realizar en lancha el trayecto entre Marruecos y Cádiz, y así entrar ilegalmente en España.
El Balloury, nacido en Fez en 1984, cambió la patera por la ‘goma’. Los propios narcos lo corroborarían después ante la Audiencia Provincial de Cádiz. Sin embargo, los tres detenidos ingresaron en prisión. A El Balloury, que durante el juicio oral negó los delitos de los que le acusaban, acabó condenado a cinco años de cárcel y al pago de una multa de nueve millones de euros por tráfico de drogas.
Los hechos
El mar estaba embravecido aquella noche. Cuando los traficantes se percataron de la presencia de los agentes en la playa, se lanzaron al agua para tratar de huir a nado. Según consta en el atestado al que tiene acceso EL ESPAÑOL, los agentes de la Guardia Civil, que usaron linternas para alumbrar a aquellos hombres en mitad de la oscuridad de la noche, detuvieron a tres de los cuatro varones “tras una larga espera y apostadero”. Al cuarto nunca lo encontraron: se desconoce si se ahogó o si logró darse a la fuga.
Todos eran de nacionalidad marroquí. Los agentes se incautaron de la droga, pero no pudieron recuperar la lancha ni tampoco uno de sus dos motores. Ninguno de los detenidos quiso declarar en el cuartel porque no hablaban español. El titular del juzgado de Instrucción número 4 de Algeciras los envió a prisión por un delito contra la salud pública.
Dos de los imputados, Mustapha Kendja y Halid Douas, reconocieron los hechos cuando comparecieron ante el juez instructor. Admitieron que aquel día estaban traficando con droga. La Fiscalía pidió que se les condenase a cuatro años y medio de prisión. En cambio, para Hicham El Balloury, que solicitó su puesta en libertad, el fiscal propuso una condena de seis años de reclusión penitenciaria.
Hicham negó que fuera un narcotraficante. Dijo que era un inmigrante que quería ganarse la vida en España y ayudar económicamente a su familia. Contó ante el juez que los otros hombres que iban a bordo de la lancha lo recogieron en una playa de Larache, que la embarcación ya estaba cargada de droga en ese momento y que él, previamente, había contactado con una persona que se llamaba Rachid, a la que que pagó 3.000 euros.
Mustapha Kendja declaró que Hicham no participó en la carga de hachís en Marruecos y que, en el momento de su detención, les dijo que venía “como ilegal”. El otro imputado, Halil Doulas, también negó que Hicham participara en la carga de la mercancía, pero dijo que no le había escuchado decir que venía como inmigrante ilegal.
La documentación y el dinero
El juicio se celebró en la Audiencia Provincial de Cádiz. La sentencia, a la que también tiene acceso este periódico, se conoció el pasado 1 de febrero de 2019. El tribunal que juzgó los hechos recoge que el abogado de El Balloury alegó que la embarcación usada “no sería de las típicas ‘narcolanchas’ que vemos en la zona, esto es, embarcaciones de diez metros o más de eslora, con potentes motores, pero lo cierto es que fue usada para el transporte de hachís, así que no consideramos que sus características hagan más verosímil la poco creíble versión” del acusado.
El letrado de El Balloury también expuso que, cuando se le detuvo, su cliente llevaba encima su documento de identidad de Marruecos, el carné de conducir, un teléfono móvil de la marca Samsung y unos 190 euros en dirhams. En cambio, los otros dos acusados sólo llevaban encima sus terminales Nokia, y dijo que eran “como los que usan” los traficantes de drogas del Estrecho, unos aparatos de bajo precio que usan en sus comunicaciones durante los traslados de mercancía en la lancha y que tiran posteriormente.
“Efectivamente, puede afirmarse que lo más normal es que quienes vienen a traer hachís a España en una embarcación no traigan documentación -se lee en esa primera sentencia- o que tiren la misma antes de ser detenidos, pero es que más raro aún es, según la amplia experiencia que esta Sala tiene en este tipo de asuntos por su ubicación geográfica, que un inmigrante irregular sea interceptado portando su documentación”.
El fallo también recogía la postura del tribunal acerca de los móviles de los otros dos imputados. “No deja de ser una mera afirmación de la defensa, no sustentada en prueba alguna, la de que los que llevaban los otros dos acusados eran de los que usan los narcotraficantes”.
La Sección en Algeciras de la Audiencia de Cádiz acabó condenando a El Balloury a cinco años de prisión y al pago de una multa de nueve millones de euros, mientras que a los otros dos acusados, que admitieron los hechos, les rebajó la pena a cuatro años y medio y la multa a seis millones. El abogado recurrió la resolución ante el TSJA, que el pasado 9 de julio decidió absolver a El Balloury.
En este reciente fallo el alto tribunal andaluz sostiene que el testimonio de los dos narcotraficantes condenados y el "dato objetivo de la diferencia de pertenencias hallados en uno y otros (...) otorga credibilidad a la versión exculpatoria del recurrente". La Sala de lo Civil y Penal del TSJA entiende que "no resulta particularmente extraño que una operación de transporte de droga sea también utilizada para otras actividades ilícitas, como es la introducción irregular de extranjeros en territorio español a cambio de precio".