Ignacio (nombre falso para preservar la intimidad del paciente) acudió a urgencias del Hospital Universitario de Burgos (HUBU) el 30 de diciembre de 2014. Al hombre, un anciano de 95 años, lo acompañó una sobrina. Su tío llevaba una semana con fiebres altas que no remitían. Los médicos examinaron al paciente y le diagnosticaron una neumonía. Ese mismo día quedó ingresado y se le realizó diversas pruebas: análisis de orina, de sangre y una prueba radiológica de tórax. Según el historial del señor, se le pautó un tratamiento antibiótico para combatir la enfermedad.
Tres días después, la mañana del 2 de enero de 2015, el médico Juan Antonio Huidobro, jefe de Medicina Interna del HUBU, examinó a Ignacio. El galeno reflejó en el informe evolutivo del paciente que a las 12.32 horas el anciano se encuentra “en situación crítica, se informa a familia”.
En el diagnóstico se recoge que padece una neumonía que le causa insuficiencia respiratoria. Huidobro, sin consentimiento formal de ningún familiar del anciano, le retiró toda medicación, no le realizó ninguna otra prueba e inició una “sedación paliativa” con suero glucosado, cloruro mórfico y midazolam.
Esa misma tarde, otro doctor que se encontraba de guardia revirtió la sedación al paciente a petición de su familia. Se le volvió a medicar con el objetivo de combatir la neumonía y se le facilitó oxigenoterapia. El 5 de enero de 2015 le exploró otro médico. Siete días más tarde, el 12 de dicho mes, Ignacio, a sus 95 años, recibió el alta hospitalaria. El anciano falleció un mes más tarde, el 16 de febrero de 2015. Pero la causa del deceso fue un infarto de miocardio, no la neumonía que parecía haberle condenado a la muerte el penúltimo día de 2014.
La familia de Ignacio denunció la actuación del doctor Juan Antonio Huidobro, quien dio casi por muerto a Ignacio cuando lo evaluó clínicamente. Nueve meses después del ingreso del anciano por una neumonía en el HUBU, María, una mujer de 77 años, acudió al citado centro médico junto a sus hijos por un episodio de vómitos. Fue el 22 de septiembre de 2015.
La señora, tras pasar por las manos de Huidobro, también fue sedada pese a que el médico que la atendió al llegar a urgencias comenzó a tratarla con antibióticos y analgésicos. La señora falleció tres días más tarde. Su familia también denunció. Huidobro, quien le había diagnosticado infección en la sangre y dijo que no tenía tratamiento posible, tampoco pidió permiso para sedar a la paciente.
La Justicia acaba de condenar al doctor Juan Antonio Huidobro a la pena de cuatro años y cinco meses de prisión por un delito de lesiones cometidas por imprudencia profesional grave sobre el anciano y por el de homicidio cometido por imprudencia profesional grave sobre la señora.
La sentencia, del Juzgado de lo Penal número 2 de Burgos y con fecha de 7 de mayo de 2019, recoge como hechos probados que el médico no pidió autorización expresa para la sedación paliativa del dolor a los familiares de ambos pacientes. El juicio del conocido como ‘caso de las sedaciones’ se celebró entre noviembre y diciembre del año pasado.
En su defensa, el doctor explicó que advirtió a ambas familias de que la sedación era la única manera de evitar el sufrimiento de sus seres queridos y que en ambos casos contó con el consentimiento de los familiares, algo que éstos negaron durante la vista oral y no queda acreditado en ningún documento o expediente del hospital. “El paciente tiene que morir con dignidad", sostuvo el galeno ante la jueza Mirella Gutiérrez Ubierna.
Durante el juicio comparecieron los dos médicos inspectores que elaboraron el informe de la Gerencia de Salud de Área del Gobierno de Castilla y León. Ambos ratificaron que ninguna de las dos sedaciones pautadas por el ya exjefe del servicio de Medicina Interna del HUBU estaba “bien indicada” ni por “situación terminal ni agónica” ni por “síntoma refractario”.
El fallo puede ser recurrido por el condenado ante la Audiencia Provincial de Burgos en el plazo de diez días. La magistrada condena también a Huidobro a indemnizar a los hijos de la mujer fallecida con 106.000 euros y a los sobrinos del anciano con 15.000. Además, lo inhabilita para ejercer la medicina durante cinco años.