Llega el momento de saldar cuentas con Hacienda para más de 20 millones de contribuyentes en España.

La campaña para presentar la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del año 2022 (que se presenta ahora, en el 2023) comenzó el pasado 11 de abril y finalizará el 30 de junio.

Aunque pueda parecer algo lejano y que únicamente afecte a las grandes empresas, los ciudadanos en múltiples ocasiones se ven sometidos a comprobaciones e inspecciones por parte de las diferentes Administraciones tributarias, viéndose obligados a tomar así acciones legales para defender sus legítimos intereses acudiendo al procedimiento económico-administrativo.

Dicho procedimiento es gratuito, y se podría definir como el conjunto de actuaciones de los contribuyentes y la Administración tendentes a la revisión de la legalidad de los actos de aplicación de los tributos.

En este sentido, los Tribunales Económico-Administrativos (TEA) son los órganos competentes para conocer y resolver esas reclamaciones económico-administrativas.

Su estructura, además de la Sala Especial para la Unificación de Doctrina, se resume en un Tribunal Económico-Administrativo Central, diecisiete Tribunales Económico-Administrativos Regionales, dos Tribunales Económico-Administrativos Locales, cuatro Salas Desconcentradas, veintinueve Dependencias Provinciales y cuatro Dependencias Locales.

El Tribunal Económico-Administrativo Central elabora una memoria anual que contiene datos estadísticos sobre las reclamaciones presentadas por los ciudadanos y las resoluciones dictadas.

Según su última memoria publicada en el año 2021 se ha producido un incremento en el número de reclamaciones presentadas, hasta un total de 212.796, lo que supone un incremento del 12,38% con respecto a las presentadas en 2020.

Pese a que sólo el 0,7% de los actos administrativos son objeto de reclamación económico-administrativa, el promedio de reclamaciones presentadas en los Tribunales Económico Administrativos a lo largo de los últimos cinco años ha sido de 195.582 reclamaciones anuales. A continuación, se muestra el gráfico de evolución de la entrada de reclamaciones en dicho periodo:

Es importante destacar el incremento de la productividad y rendimiento de los Tribunales en los últimos años, así como el compromiso de los Tribunales con una sociedad que demanda calidad en la resolución del conflicto tributario.

Durante el año 2021, en nuestra Comunidad Autónoma de Galicia, se presentaron 17.393 reclamaciones, siendo así el TEAR de Galicia el Tribunal con mayor carga de trabajo, solamente por detrás de Andalucía, Madrid, Cataluña y la Comunidad Valenciana, en correspondencia con la situación del tejido social, industrial y económico de las referidas Comunidades Autónomas.

Analizando dicha memoria se observa que el mayor número de reclamaciones presentadas guardan relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (35,22% sobre el total), seguido por aquellos que impugnan actos relativos a los Actos del Procedimiento Recaudatorio (20,78%).

Un análisis del sentido del fallo de las resoluciones dictadas por los Tribunales Económico-Administrativos permite apreciar que a nivel nacional el 44,28% de las reclamaciones fueron resueltas con sentido estimatorio (total o parcialmente), frente a un 46,95% con un sentido desestimatorio de las pretensiones planteadas por los reclamantes.

Centrando el tiro en la Comunidad Autónoma de Galicia, observamos que los contribuyentes más "peleones" se encuentran en las provincias de A Coruña y Pontevedra, aglutinando entre ambas provincias el 82% de las reclamaciones interpuestas en el 2021.

En cuanto al sentido del fallo se pone de manifiesto que en las principales figuras impositivas de nuestro ordenamiento jurídico tributario los contribuyentes gallegos ven estimadas sus pretensiones en el 65,72% de las ocasiones.

La situación todavía es más dramática en los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA), dónde el porcentaje se eleva hasta el 77,88%.

Una de las principales críticas que se suele hacer a estos Tribunales se refiere al retraso en la resolución de los asuntos que, en determinadas ocasiones, puede colisionar con el derecho a una tutela judicial efectiva plena.

Como expone el Consejo para la Defensa del Contribuyente, la mejora de la vía económico-administrativa constituye un elemento esencial, pues en la actualidad no puede afirmarse que se cumplan, en todos los casos, los plazos de resolución de las reclamaciones; afectando estas demoras en los plazos de resolución a los derechos de los contribuyentes, que deberían tener un derecho efectivo a obtener una resolución de su pretensión en plazos razonables.

En cuanto a los medios personales de los TEA, la carencia no procede solo del número de plazas asignadas a los Tribunales, sino, sobre todo, de las diferencias retributivas que producen en relación con los puestos en los órganos de aplicación de los tributos. Ello hace muy difícil conseguir el óptimo, que no es otro que mejorar la pendencia y los plazos de resolución contando en los Tribunales con el personal más especializado y experimentado.

Atendiendo a los escalofriantes datos, y obviando la posterior vía contenciosa-administrativa, urge desarrollar un trabajo de modernización de estos Tribunales que les permita mejorar los expedientes electrónicos, eliminar el papel y conseguir una tramitación más ágil de las reclamaciones económico-administrativas.

También debe garantizarse que las plazas asignadas a los Tribunales presenten el atractivo necesario para incorporar a los funcionarios más expertos y especializados, pues es evidente que desempeñan un papel trascendental para garantizar una sociedad democrática, participativa e igualitaria.