Multas de 600 a 600.000 euros en Galicia por incumplir la norma del registro de viajeros

Multas de 600 a 600.000 euros en Galicia por incumplir la norma del registro de viajeros

Galicia

Multas de 600 a 600.000 euros en Galicia por incumplir la norma del registro de viajeros

Las multas se dividen en tres grandes categorías: infracciones leves, graves o muy graves, que se dividen a su vez en grado mínimo, medio o máximo

29 julio, 2020 10:28

Galicia se pone aún más estricta en la lucha contra el coronavirus en plena ola de rebrotes en la comunidad y en el resto de España, por lo que impondrá multas de entre 600 y 600.000 euros para aquellas personas que incumplan la norma del registro de viajeros. Esta nueva forma de proceder fue anunciada esta semana por la Xunta y obliga a las personas que lleguen a la comunidad desde territorios con alta incidencia de coronavirus a notificarlo a través del Sergas para que las autoridades sanitarias gallegas puedan realizar un seguimiento y evitar posibles rebrotes.

Las multas económicas correspondientes al incumplimiento de no comunicar al Sergas la llegada a Galicia desde territorios de riesgo, figuran en la Ley de Salud de Galicia y varían según las consecuencias que haya provocado la mala conducta a nivel sanitario. A su vez, la lista de personas que comunican su llegada se actualizará cada 15 días y el aviso debe realizarse tras haber pasado las últimas dos semanas en alguno de los territorios señalados por la Xunta como "peligrosos" antes de que transcurran 24 horas de estancia en Galicia. Un trámite realizable vía online o en el teléfono 881 002 021.

Asimismo, esta mañana el gerente del Servizo Galego de Saúde (Sergas), Antonio Fernández-Campa, ha aclarado que las sanciones por incumplimiento de la norma sanitaria recaerán sobre aquellas personas que "omitan su declaración de entrada en la comunidad conscientemente y que conozcan su infección y eso origine un brote en Galicia", no sobre los individuos que "no hagan su declaración por un error involuntario que no tenga transcendencia en la salud pública".

Además, Fernández-Campa ha apuntado que la Normativa de Salud Pública de Galicia "permite hacer distinta valoración dependiendo de la gravedad de los casos y de las circunstancias que lleve aparejada la actuación".

Sanciones de tres categorías

Las multas se dividen en tres grandes categorías: infracciones leves, graves o muy graves, que se dividen a su vez en grado mínimo, medio o máximo. En las infracciones leves el importe de las multas puede ser de 601.01 euros en su nivel más bajo, de 601,02 a 1.803,04 en el medio y de 1.803,05 a 3.005,06 en el máximo. En el caso de las infracciones graves los importes van desde 3.005,07 a 6.010,12 euros el grado mínimo, de 6.010,13 a 10.517,71 el grado medio y de 10.517,72 a 15.025,30 el máximo.

En el caso de las infracciones muy graves, el mínimo es de 15.025,31 a 120.202,42 euros, el medio de 120.202,43 a 360.607,26 y el máximo de 360.607,27 a 601.012,11 euros.

Lista de territorios

La medida impuesta por la Xunta no sólo afecta a los gallegos, sino también a los turistas y no residentes y a los trabajadores de empresas que operen en Galicia. En la lista, con más de 100 países, destaca la presencia de cinco comunidades autónomas, entre las que no está Madrid.

También es reseñable la presencia de Portugal, algo que podría afectar a las relaciones comerciales y de ocio de Galicia con el país vecino. Entre el resto de países salientan Bélgica, Estados Unidos, Argentina o Brasil.

La lista completa de países desde los que el ejecutivo autonómico considera que se debe notificar la llegada a Galicia de viajeros son:

  • Cualquier país de África.
  • En estos países de América: Argentina, Bahamas, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Montserrat, Panamá, Paraguay, Perú, Porto Rico, San Vicente e As Granadinas, St Martin, Surinam, Islas Tortugas, Estados Unidos, Islas Vírgenes, Venezuela, Haití, Jamaica e Nicaragua.
  • En los siguientes países de Asia: Bahrein, Bangladesh, India, Irán, Iraq, Israel, Kazakstán, Kuwait, Kyrguistán, Líbano, Maldivas, Omán, Palestina, Filipinas, Qatar, Arabia Saudí, Singapur, Emiratos Árabes, Uzbequistán, Afganistán, Bután, Brunei, Camboya, Indonesia, Laos, Mongolia, Myanmar, Nepal, Paquistán, Siria, Tailandia e Vietnam.
  • En los siguientes países de Europa: Albania, Andorra, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bélxica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, República Checa, Kosovo, Luxemburgo, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Macedonia do Norte, Portugal, Rumanía, Rusia, Serbia, Suecia e Ucrania.
  • En las comunidades autónomas de Aragón, Cataluña, Navarra, País Vasco y La Rioja.