El jurado popular del caso Samuel Luiz declara culpables del asesinato del joven coruñés de 24 años a Diego Montaña, Alejandro Freire y Kaio Amaral. Siendo Alejandro Míguez cómplice del delito de asesinato, y Katy Silva no culpable. Así lo han determinado los nueve miembros del jurado este domingo en la Audiencia Provincial de A Coruña durante la lectura del veredicto.
Han pasado cinco días desde que, el lunes pasado, la magistrada entregó el objeto del veredicto al jurado popular. Desde entonces, los nueve miembros del jurado se mantuvieron aislados bajo custodia judicial, deliberando sobre el grado de implicación de cada uno de los acusados en el asesinato de Samuel Luiz. No fue hasta este domingo cuando se conoció la decisión final.
Los miembros del jurado necesitaron más de 120 horas para responder las 100 preguntas planteadas por el tribunal. Para cada una de las cuestiones, era necesario alcanzar un consenso de al menos cinco votos a favor para declarar culpabilidad, y siete votos en caso contrario. Las preguntas determinaban la responsabilidad de los acusados en el asesinato de Samuel Luiz, concluyendo que todos eran culpables, excepto Katy Silva.
Finalmente, el jurado declaró por unanimidad a Diego Montaña como coautor de un asesinato con agravante por alevosía, tal como solicitaba la fiscalía, que pedía 25 años de prisión para él. Alejandro Freire fue también declarado coautor de asesinato por unanimidad, y se le impusieron 22 años de prisión, conforme a la petición del Ministerio Fiscal. Kaio Amaral, igualmente condenado como coautor de asesinato y de robo con violencia, recibió una sentencia de 27 años, avalada por una mayoría de siete votos a favor y dos en contra.
Por su parte, Alejandro Míguez fue considerado cómplice de asesinato, con siete votos a favor, ya que la mayoría del jurado opinó que no era el autor principal del crimen, sino un colaborador. Finalmente, Katy Silva, para quien la fiscalía había solicitado 25 años de prisión por asesinato, fue declarada no culpable, siendo la única acusada absuelta en la lectura del veredicto.
Diego Montaña: culpable de asesinato con agravante por alevosía y discriminación
El jurado popular consideró que Diego Montaña es culpable de asesinato debido a que existió la circunstancia de alevosía. Asimismo, este tribunal ha establecido como un hecho comprobado que Montaña mostró una actitud agresiva hacia Samuel por "su animadversión hacia la condición sexual homosexual que le atribuyó". Con ello, el acusado queda condenado culpable de asesinato por unanimidad como coautor de un delito de asesinato con agravante por alevosía.
Para Diego Montaña la fiscalía pedía 27 años de prisión. Las conclusiones del jurado popular coinciden con las que pedía el Ministerio Fiscal, observando un claro agravante de discriminación. Detallan así que Montaña fue la persona que inició la agresión y su actuación fue esencial para terminar con la vida de Samuel Luiz. Sin embargo, su letrado pide una revisión de condena, al considerar que se merece tan solo 20 años.
Alejandro Freire: coautor de delito de asesinato
Alejandro Freire continurá en prisión, al igual que Diego Montaña y Kaio Amaral. El jurado popular considera probado por unanimidad que Freire (alias Yumba) realizó la técnica del 'mataleón' a Samuel, y que, por tanto, participó activamente en el asesinato a Samuel Luiz. Por ello, el tribunal declara coautor de delito de asesinato, también por unanimidad, a Yumba. Coincidiendo con los 22 años que le solicitaba el Ministerio Fiscal.
En su caso, el jurado popular votó en contra del consumo de drogas como desencadenante de la agresión, tal y como había expuesto el abogado de Freire. Con esto, manifiestan que el haber consumido sustancias químicas no lo exime de la responsabilidad del crimen.
Kaio Amaral: coautor de un delito de asesinato y de delito de robo con violencia
Kaio Amaral fue condenado como coautor de un delito de asesinato y de delito de robo con violencia. Sin embargo, en su caso fue aprobado por mayoría, y no por unanimidad. Con siete votos a favor y tres en contra, Kaio fue declarado culpable de los hechos de los que se le acusa. El jurado difiere y considera probado, por mayoría, que participó "activamente en la persecución". Por mayoría también concluyen que le dio "al menos una patada" y que "impidió su huida".
Para Kaio Amaral pedían la mayor de las condenas, 27 años: 22 por asesinato con alevosía y 5 por robo con violencia. El jurado popular aprueba los hechos de los que se les acusa. Mientras que su letrado se ha manifestado disconforme con el resultado, pues ha sido aprobado con el mínimo de votos que pide la justicia, es decir, 7 votos a favor para ser declarado culpable y 5 a favor para ser declarado no probado.
Alejandro Míguez: cómplice de delito de asesinato
El jurado considera culpable a Alejandro Míguez de un delito de cómplice de asesinato. Siete miembros del jurado votaron a favor de la condena del acusado, coincidiendo así que "actuó eliminando las posibilidades de defensa de Samuel". Así, el jurado popular se acogió a la calificación subsidiaria como cómplice de delito de asesinato que había propuesto el Ministerio Fiscal en caso de que no vieran delito de asesinato.
De Míguez apenas habían pruebas que lo condenaran. Según su letrado, no exixtían marcas de ADN de la víctima en su ropa, ni nadie que lo hubiera visto agredir a Samuel. Sin embargo, los miembros del jurado consideraron que "estaba impidiendo la defensa de Samuel", colaborando de forma indirecta en la agresión. Por su parte, su abogado aseguró que continuará con todos los recursos que sean necesarios para defender la inocencia de su cliente. El condenado no entrará a prisión hasta que se dicte sentencia.
Katy Silva: absuelta de asesinato
Katy Silva, la única acusada declarada no culpable por delito de asesinato del caso Samuel Luiz. El jurado popular absolvió por unanimidad a la expareja de Diego Montaña. No pudo evitar echarse a llorar cuando conoció la noticia. Aunque era la única que no había entrado en prisión desde entonces, se sabe que no lo hará. Según el jurado popular no hay hechos probados para imputarles un delito de asesinato o cómplice. Con ello, queda en duda el testimonio de Lina, la amiga de Samuel, que declaró en la sede judicial que la acusada la había empujado para impedir que auxiliara a Samuel durante la agresión.
"La homofobia queda probada en sede judicial"
La asociación LGTBI+ ALAS A Coruña, entidad que ejerce la acusación popular en el caso de Samuel Luiz, manifiesta su satisfacción que, tras más de tres años desde que se produjo este brutal asesinato, haya quedado probada en sede judicial la motivación homófoba del mismo. De esta forma, esta entidad LGTBI+ da por cumplido el objetivo que se marcó cuando decidió ser parte de este proceso judicial, clave para la defensa de los derechos de la comunidad LGTBI+.
Una vez emitido el veredicto por parte del jurado popular, la entidad "positivamente el resultado de este proceso judicial pendiente todavía de conocer las penas para cada uno de los responsables de este asesinato". ALAS A Coruña confía en que este caso "sirva para visibilizar la importancia de denunciar y ayude a restaurar la confianza en el sistema judicial de las personas que han sufrido LGTBIfobia, una confianza que tal y como se recoge en los informes que elabora anualmente desde 2017 a través de su servicio, el Observatorio Coruñés contra a LGTBIfobia, se ha visto mermada".