El TJUE vuelve a condenar a Polonia por atentar contra la independencia de los jueces
El fallo tiene como consecuencia paradójica poner fin temporalmente a las multas diarias por incumplimiento, que han costado a Varsovia más de 500 millones de euros.
5 junio, 2023 15:33El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a condenar este lunes a Polonia por atentar contra la independencia de los jueces. El fallo afirma que la reforma del sistema judicial polaco realizada por el Gobierno de derecha radical de Ley y Justicia en diciembre de 2019 viola el derecho comunitario.
La sentencia da la razón a la Comisión de Ursula von der Leyen, que presentó un recurso de incumplimiento contra Varsovia a raíz de esta reforma. "Hoy es un día importante para la restauración de una justicia independiente en Polonia. Ahora esperamos que Polonia cumpla plenamente con la sentencia", ha dicho el comisario de Justicia, Didier Reynders.
Por su parte, el Gobierno polaco ha tachado el fallo del TJUE de "farsa" y ha cuestionado que sea competente para evaluar el sistema judicial del país. En concreto, Bruselas denunciaba que la reforma introduce un régimen disciplinario que permite que los jueces ordinarios sean objeto de investigaciones, procedimientos y sanciones disciplinarias sobre la base del contenido de sus resoluciones judiciales.
[El TJUE multa a Polonia con 1 millón al día hasta que disuelva la Sala Disciplinaria para jueces]
Las sanciones dependían en última instancia de la (ya extinta) Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo polaco, cuya independencia e imparcialidad no están garantizadas porque sus jueces eran designados por el Consejo Judicial Polaco, que a su vez es elegido "políticamente" por el Parlamento polaco, según la evaluación del Ejecutivo comunitario.
Además, la reforma prohíbe a todos los tribunales nacionales comprobar la legalidad de la designación de otros jueces y tipifica dicha comprobación como falta disciplinaria. Esta competencia se atribuye en exclusiva a la Sala de Control Extraordinario y Asuntos Públicos del Tribunal Supremo.
Por último, la Comisión mantiene que la reforma vulnera el derecho al respeto a la vida privada y el derecho a la protección de los datos personales, ya que impone a los jueces la obligación de comunicar información sobre sus actividades en asociaciones o fundaciones, así como sobre su afiliación política en el pasado y dispone la publicación de esa información.
En su sentencia de este lunes, el Tribunal de Justicia estima en su totalidad el recurso de Bruselas. No obstante, el fallo tiene como consecuencia paradójica poner fin temporalmente a las multas diarias por incumplimiento, que han costado a Varsovia más de 500 millones de euros.
Esta sanción (que ascendía a un millón de euros al día) fue impuesta en octubre de 2019 por el vicepresidente del TJUE como medida cautelar para forzar a Polonia a disolver la Sala Disciplinaria del Supremo. El pasado 21 de abril, el TJUE redujo la multa a 500.000 euros al día por considerar que la contrarreforma realizada por el Gobierno de Ley y Justicia para acceder a los fondos europeos (que abolió la Sala Disciplinaria del Supremo) corregía algunos de los problemas detectados, pero era insuficiente.
En todo caso, la publicación de la sentencia definitiva sobre el caso supone el final de estas multas diarias por tratarse de una medida cautelar. Sin embargo, la Comisión todavía puede volver a pedir al TJUE que sancione a Polonia si considera que incumple la sentencia. El Ejecutivo comunitario aprobó en junio de 2022 el plan de recuperación polaco, dotado con 35.400 millones de euros, pero de momento todavía no ha realizado ningún pago por considerar que no se cumplen los hitos exigidos en materia de independencia judicial.
En su sentencia de este lunes, el TJUE señala que la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo "no satisface la exigencia de independencia e imparcialidad". El hecho de que los jueces corran el riesgo de que esta Sala pueda pronunciarse sobre cuestiones relativas a su estatuto y al ejercicio de sus funciones "puede afectar a su independencia".
Todas estas medidas de reforma judicial "son incompatibles con las garantías de acceso a un tribunal independiente, imparcial y establecido previamente por la ley", prosigue el fallo.
También la atribución con carácter exclusivo a la Sala de Control Extraordinario y Asuntos Públicos del Supremo de la competencia para comprobar el cumplimiento de las exigencias esenciales de la tutela judicial efectiva es contraria al Derecho de la Unión.
Para el TJUE, "el cumplimiento de esas exigencias debe garantizarse de manera transversal en todos los ámbitos materiales de aplicación del derecho de la Unión y ante todos los tribunales nacionales que conozcan de asuntos comprendidos en dichos ámbitos". La competencia exclusiva concedida a esta Sala "puede debilitar aún más el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva consagrado en el derecho de la Unión".
Finalmente, la justicia europea señala que "las disposiciones nacionales que obligan a los jueces a presentar una declaración escrita en la que indiquen su pertenencia a una asociación, fundación sin ánimo de lucro o partido político y que disponen la publicación en línea de esa información vulneran los derechos fundamentales de esos jueces a la protección de los datos personales y al respeto de la vida privada".