En España, según datos de Anfac, el parque de vehículos roza los 30 millones. Además, la edad media de este parque es de 13,49 años de antigüedad. Esto significa que los coches que circulan por España son dos años más viejos que la media de la Unión Europea, que está en 11,5 años.
A esta situación hay que sumar que el parque seguirá aumentando en antigüedad. Entre otras razones porque solo el año pasado, por cada turismo nuevo vendido, se han vendido cerca de 1,4 turismos de más de 10 años. Por lo tanto, así es imposible renovar el parque, una situación que incluso llega a ser preocupante ya que en el último año se vendieron cerca de 300.000 coches con más de 20 años.
Si lo que analizamos ahora es el parque de vehículos en base a las etiquetas de la DGT, este informe señala que todavía quedan en España casi 10 millones de vehículos, es decir, en torno al 33% (uno de cada tres vehículos) que no tiene etiqueta. Son por tanto, vehículos que tendrán limitaciones en las zonas de bajas emisiones (ZBE) obligatorias en España desde enero de 2023.
Una de las ciudades que ha puesto en marcha una Zona de Bajas Emisiones recientemente ha sido Madrid, que desde hace ya algunos meses ha ampliado el perímetro. En concreto, desde el pasado 1 de enero de 2022 Madrid estableció una gran Zona de Bajas Emisiones que se corresponde con todo el interior de la M30, una extensión a la a que se ha llamado Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Además, también se ha sumado Plaza Elíptica como Zonas de Bajas Emisiones.
Por todo ello si tienes un coche viejo debes continuar leyendo para saber hasta cuándo puedes circular con él por Madrid. Y cuando decimos un coche viejo nos referimos a uno que no tenga etiqueta de la Dirección General de Tráfico por alguno de estos dos motivos:
• Tiene un motor de gasolina y está matriculado antes de 2001 (Más de 21 años de antigüedad)
• Tiene un motor diésel y está matriculado antes de 2006 (Más de 16 años de antigüedad)
Una vez que sabemos cuáles son los vehículos afectados ahora es momento de saber cómo son las restricciones y cuándo entran en vigor. Y para ello se pueden dar otros dos supuestos:
• Mi coche no está domiciliado en Madrid ni paga el IVTM
• Mi coche sí está domiciliado en Madrid ni paga el IVTM
Restricciones si el coche no está domiciliado en Madrid
El calendario de restricciones comienza para los vehículos que no estén en el registro de vehículos y no figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid. Estos vehículos tienen el siguiente calendario:
1 de enero de 2022
Queda prohibido el acceso y circulación a los turismos sin etiqueta por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
1 de enero de 2023
Queda prohibido su acceso y circulación también por la M-30.
1 de enero de 2024
Queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
2022 | 2023 | 2024 | |
El vehículo NO está domiciliado en Madrid y paga el ‘numerito’ en Madrid | Queda prohibido el acceso y circulación a los turismos sin etiqueta por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. | Queda prohibido su acceso y circulación también por la M-30. | Queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid. |
Restricciones si el coche sí está domiciliado en Madrid
El calendario de restricciones también es para los vehículos que estén en el registro de vehículos y figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid. Estos vehículos tienen el siguiente calendario:
1 de enero de 2025
Los turismos sin etiqueta no podrán acceder ni circular por el municipio de Madrid, aunque estén domiciliados en Madrid y figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores).
2022 | 2023 | 2024 | |
El vehículo SÍ está domiciliado en Madrid y paga el ‘numerito’ en Madrid | El vehículo no tiene restricciones. | El vehículo no tiene restricciones. | El vehículo no tiene restricciones hasta el 31 de diciembre. A partir del 1 de enero de 2025 no podrá acceder por el municipio de Madrid. |
A partir de 2025, por tanto, solo podrán circular por Madrid sin tener etiqueta aquellos vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
A ellos se suman los vehículos que tengan reconocida la consideración de ‘históricos’ conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos). Y también los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y fuerzas armadas.
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