La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a un año y medio de cárcel a un hombre por agredir en su domicilio de la localidad malagueña de Marbella a su expareja, incluso golpearle y amenazarla de muerte colocándole un cuchillo en el cuello. Además, quebrantó una orden de alejamiento que tenía vigente.
Según se declara probado en la sentencia, en octubre de 2022 el acusado abordó a la mujer en plena calle, le puso un cuchillo en el cuello hasta llegar a su domicilio, donde "con ánimo de menoscabar su integridad psíquica", le dijo: "Te voy a cortar el cuello, te voy a matar, te voy a trocear y te voy a enterrar en un campo".
De igual forma, y durante el tiempo que estuvieron en el interior de la vivienda, le propinó varios puñetazos en diferentes partes del cuerpo, causándole "lesiones consistentes", dice la resolución. Todo ello, "con ánimo de atentar contra la integridad física" de la víctima.
Además, el acusado se saltó una orden de prohibición de comunicarse por cualquier medio y acercarse a su expareja, dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Marbella en septiembre de 2022. La orden estaba vigente y él "tenía pleno conocimiento" de la misma.
También queda probado que realizó los hechos influenciado por su adicción al consumo de sustancias estupefacientes, según recoge la sentencia de la Audiencia malagueña, a la que ha tenido acceso Europa Press.
La Fiscalía solicitó en un primer momento una condena de nueve años y seis meses de prisión alegando que retuvo a la víctima en la vivienda en contra de su voluntad, por lo que pedía seis años más de prisión por un delito de detención ilegal. Sin embargo, al inicio del juicio, el ministerio público retiró esta acusación.
Así, se le condena a un año y seis meses de prisión como autor responsable de los delitos amenazas, maltrato y quebrantamiento de medida cautelar, con la aplicación de la atenuante de drogadicción, que suponen una pena de seis meses de cárcel por cada delito.
Además, se le prohíbe aproximarse a la víctima a menos de 500 metros ni a su domicilio o lugar que frecuente, ni de comunicarse con ella por cualquier medio, durante un plazo de dos años. El acusado debe además indemnizar a su expareja con 690 euros.
La sentencia se dictó in voce en el juicio y es firme, ya que las partes se mostraron todas de acuerdo con la acusación tras la modificación del escrito inicial de calificación.